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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de junio de 1994 por la que se establecen las bases generales reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas.

BOE-A-1994-16225Publicada: 13/07/1994MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de junio de 1994 por la que se establecen las bases generales regula ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 13 de junio de 1994 establece las bases generales para la concesión de subvenciones y ayudas por parte de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores, con el objetivo de regular la financiación de actividades culturales, científicas y de difusión de la lengua y cultura españolas en el extranjero. **2. CONTEXTO** La Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, según el artículo 3 del Real Decreto 1527/1983, tiene la responsabilidad de elaborar, ejecutar y aplicar la política de relaciones culturales y científicas de España en el exterior. Dicha Dirección concede subvenciones y ayudas económicas a profesionales y estudiantes en el ámbito cultural y científico. Para unificar la normativa vigente, el Ministerio de Asuntos Exteriores decide elaborar una Orden única que regule las bases generales de concesión de dichas subvenciones y ayudas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 13 de junio de 1994, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece un marco normativo para la concesión de subvenciones y ayudas por parte de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores. El objeto de estas ayudas y subvenciones, según el artículo 1, incluye la concesión de becas y ayudas para estudios, intercambios universitarios, promoción científica y cultural, difusión de la lengua y cultura españolas en el extranjero, así como cualquier otra actividad que contribuya a los fines mencionados dentro del marco de los Programas de Cooperación Cultural y Científica internacional y del programa de difusión de la lengua y cultura española. El artículo 2 establece que las ayudas y subvenciones se conceden en base a la justificación de la actividad realizada, y el beneficiario debe acreditar su cumplimiento ante la entidad concedente. Además, se establece la obligación de justificación, que incluye la comunicación de cualquier ayuda o subvención obtenida para la misma actividad desde otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, cuya cuantía supere el coste de la actividad desarrollada. En ese caso, se procederá al reintegro del exceso obtenido, conforme al artículo 8, apartado 2, del Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre. El artículo 10 detalla las obligaciones del beneficiario, entre las que se incluyen la realización de la actividad para la que se concedió la subvención o beca, la sometimiento a medidas de comprobación y control financiero, y la comunicación de cualquier ayuda o subvención obtenida para la misma actividad. Estas obligaciones están en línea con las previstas en la legislación vigente, como el Real Decreto 2225/1993. El artículo 11 establece que, para aquellos extremos no previstos en la presente Orden, se aplicará, con carácter supletorio, lo previsto en los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria y en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre. Esto garantiza que la normativa sea coherente con el marco legal general de subvenciones y ayudas. Las disposiciones finales de la Orden incluyen la facultad de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas para dictar resoluciones necesarias para el desarrollo y aplicación de los preceptos de la Orden. También se derogan las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a las disposiciones específicas de la presente Orden. Finalmente, la Orden entra en vigor el 2 de noviembre de 1994. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1994 establece un marco claro para la concesión de subvenciones y ayudas en el ámbito cultural y científico. Establece obligaciones claras para los beneficiarios y se basa en normativas vigentes. La norma se aplica a actividades relacionadas con la difusión de la lengua y cultura españolas en el extranjero. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objeto de las ayudas y subvenciones**: Incluyen becas, ayudas para estudios, intercambios universitarios, promoción científica y cultural, difusión de la lengua y cultura españolas. ⚠️ **Obligación de justificación**: El beneficiario debe acreditar la realización de la actividad y comunicar cualquier ayuda obtenida de otras fuentes. 📋 **Control financiero**: Se aplican medidas de comprobación y control financiero, incluyendo el reintegro de excesos. ℹ️ **Norma supletoria**: Se aplican los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria y el Real Decreto 2225/1993. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 13 de junio de 1994 - **Materias**: Subvenciones, ayudas, cultura, ciencia, relaciones internacionales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: subvenciones, ayudas, cultura, ciencia, relaciones culturales, Ministerio de Asuntos Exteriores, Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1994, la concesión de subvenciones y ayudas por la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas carecía de una normativa unificada, lo que generaba dispersión y posibles inconsistencias. Esta norma estatal, aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, buscaba homogeneizar los criterios de concesión para becas, estudios, intercambios, promoción científica y cultural en el exterior, así como para la asistencia a eventos y actividades artísticas. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener enfoques más específicos, o de directivas europeas que establecen marcos generales, esta Orden se centra en la política exterior española en el ámbito cultural y científico. La unificación de criterios importa al ciudadano al garantizar un acceso más equitativo y transparente a estas ayudas, independientemente de la ubicación o el momento de la solicitud, facilitando la planificación y el desarrollo de proyectos para profesionales y estudiantes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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