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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de junio de 1994 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Goma (Zaire).

BOE-A-1994-15799Publicada: 07/07/1994MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de junio de 1994 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Decreto establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Goma (Zaire), con jurisdicción en la provincia de Kivu y la región del Alto Zaire, y redefine la jurisdicción de la Oficina Consular Honoraria de Lubumbashi. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial fue emitida en 1994 con el objetivo de mejorar la atención a los ciudadanos españoles en el Zaire, debido a la gran extensión geográfica del país y la dificultad de las comunicaciones terrestres. La medida busca garantizar una atención más rápida y eficaz a los intereses consulares. La creación de la Oficina Consular Honoraria en Goma se fundamenta en la necesidad de adaptar la estructura consular a las realidades geográficas y logísticas del país. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 27 de junio de 1994, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Goma, Zaire, con categoría de Consulado Honorario, dependiente de la Embajada de España en Kinshasa. La Oficina tendrá jurisdicción en la provincia de Kivu y la región del Alto Zaire. Esta decisión se toma como consecuencia de la dificultad de las comunicaciones terrestres en el país y la necesidad de una atención más eficiente a los intereses consulares de los ciudadanos españoles. Como consecuencia de esta creación, la Oficina Consular Honoraria de Lubumbashi limita su jurisdicción a la zona de Katanga y la zona de Kasai. Esta redistribución de jurisdicciones busca optimizar la cobertura territorial y garantizar una atención más directa y eficaz a los ciudadanos en cada región. El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en Goma tendrá categoría de Consul Honorario, según el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963. Este artículo establece que los consulados honorarios pueden ser encabezados por funcionarios con categoría de consulado, lo que otorga cierta autonomía y autoridad en la gestión de asuntos consulares. La Orden Ministerial también establece que la Oficina Consular Honoraria en Goma dependerá de la Embajada de España en Kinshasa, lo que asegura una coordinación y supervisión adecuada por parte de las autoridades consulares españolas. Esta dependencia garantiza que las acciones de la Oficina se alineen con las políticas y normativas generales del Servicio Exterior. La norma se emite en virtud de la iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Kinshasa y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares. Esto refleja un proceso de toma de decisiones estructurado y basado en la consulta y el análisis previo de las necesidades consulares en el país. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1994 crea una Oficina Consular Honoraria en Goma con jurisdicción en Kivu y Alto Zaire, redefiniendo la jurisdicción de Lubumbashi. La medida busca mejorar la atención a los ciudadanos españoles en el Zaire. La norma se emite tras un proceso de análisis y consulta. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Creación de Oficina Consular Honoraria en Goma con jurisdicción en Kivu y Alto Zaire. ⚠️ Redefinición de jurisdicción de Lubumbashi a Katanga y Kasai. 📋 Dependencia de la Embajada de España en Kinshasa. ℹ️ Categoría de Consul Honorario según el Convenio de Viena. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de junio de 1994 - **Tipo**: Decreto / Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de junio de 1994 - **Materias**: Derecho internacional público, derecho consular, relaciones exteriores - **Relevancia**: ALTA - **Relevancia**: La norma es relevante para el derecho consular y la protección de los intereses de los ciudadanos españoles en el Zaire, así como para el estudio de la organización de las representaciones consulares extranjeras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1994, la atención consular en Zaire se centralizaba, probablemente en la Embajada en Kinshasa o en consulados honorarios con jurisdicciones más amplias. La creación de esta oficina en Goma responde a una necesidad práctica derivada de la vasta extensión geográfica y las dificultades de comunicación del país, una situación que no es exclusiva de Zaire pero que en este caso requirió una adaptación específica. A diferencia de normativas estatales o directivas de la UE que suelen regular la estructura consular de forma más general, esta orden es una decisión ministerial específica del gobierno español, aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, para optimizar la asistencia a sus ciudadanos en una región concreta. Para el ciudadano español en Kivu o Alto Zaire, esta diferencia es crucial, pues implica una atención consular más cercana, rápida y eficaz ante cualquier eventualidad, mejorando significativamente su protección y asistencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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