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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, por el que se aprueban determinadas normas procedimentales en materia de Justicia e Interior.

BOE-A-1994-21762Publicada: 07/10/1994Ministerio de Asuntos Exteriores

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, por el que se aprueban determinadas ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1879/1994 establece plazos de resolución para diversos procedimientos en materia de Justicia e Interior, con especial atención a los relacionados con víctimas de bandas armadas, daños materiales, transporte extranjero, cancelación de antecedentes penales, dispensa de nacionalidad, inscripción en registros religiosos, y otros procedimientos penitenciarios y de orden público. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto se publicó el 16 de septiembre de 1994 con el objetivo de regular procedimientos que, por su complejidad o naturaleza específica, requieren plazos de resolución superiores al general de tres meses. Se busca garantizar una tramitación eficiente y establecer reglas claras sobre los efectos de la falta de resolución expresa. El texto también incluye disposiciones transitorias, derogatorias y finales, que regulan la entrada en vigor y la aplicación del Real Decreto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1879/1994, de 16 de septiembre, regula diversos procedimientos en materia de Justicia e Interior, estableciendo plazos de resolución y condiciones para la consideración de actos presuntos. En primer lugar, se establece que los procedimientos relacionados con el reconocimiento del derecho al resarcimiento a las víctimas de bandas armadas y elementos terroristas, así como los relativos a daños materiales y a los medios de transporte extranjeros en territorio español, deberán resolverse en plazos superiores al general de tres meses. En estos casos, la falta de resolución expresa se considerará como desestimación del procedimiento (art. 1, párrafo 1). Además, el Real Decreto establece que ciertos procedimientos, como la cancelación de antecedentes penales, la dispensa de la nacionalidad española para el ejercicio de la abogacía, la inscripción y modificación de asientos en el Registro de Entidades Religiosas, así como aquellos relacionados con materias de gracia, títulos y honores, precisan de plazos específicos y de previsiones propias en cuanto al régimen de actos presuntos (art. 1, párrafo 2). En materia penitenciaria, el Real Decreto establece que las solicitudes, peticiones o quejas formuladas por los internos o cualquier otro interesado sobre asistencia social penitenciaria deberán resolverse en el plazo máximo de tres meses desde su entrada en el registro del órgano competente. Si transcurrido dicho plazo no hay resolución expresa, se podrán entender desestimadas (art. 3, párrafo 1). También se establece que las solicitudes formuladas en los procedimientos de inscripción de asociaciones, autorización de programas, acceso a centros penitenciarios, autorización del voluntariado y aprobación de programas deberán resolverse en el plazo máximo de tres meses. En estos casos, las solicitudes podrán entenderse estimadas si no hay resolución expresa en el plazo indicado (art. 3, párrafo 2). El Real Decreto incluye una disposición transitoria única que establece que los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor se regirán por la normativa anterior (art. 4). También establece una disposición derogatoria única, por la cual se derogarán cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo previsto en el Real Decreto (art. 5). Finalmente, se establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 6). 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1879/1994 establece plazos de resolución para diversos procedimientos en materia de Justicia e Interior, con especial atención a los relacionados con víctimas de bandas armadas, daños materiales y transporte extranjero. Establece que la falta de resolución expresa se considerará como desestimación del procedimiento. Además, incluye disposiciones transitorias, derogatorias y finales que regulan su entrada en vigor y aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece plazos de resolución superiores a tres meses para procedimientos complejos. ⚠️ La falta de resolución expresa se considera desestimación del procedimiento. 📋 Incluye disposiciones transitorias y derogatorias. ℹ️ Regula procedimientos penitenciarios y de orden público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 16 de septiembre de 1994 - **Materias**: Justicia, Interior, Procedimiento, Derecho administrativo - **Relevancia**: ALTA Palabras clave: plazos de resolución, procedimientos penitenciarios, actos presuntos, víctimas de bandas armadas, transporte extranjero, derecho administrativo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1994, la tramitación de procedimientos complejos en materia de Justicia e Interior, como el resarcimiento a víctimas de terrorismo o la indemnización a transportes extranjeros, carecía de plazos de resolución claros y de un régimen de actos presuntos definido, lo que generaba dilaciones. La normativa estatal previa y las directivas europeas no abordaban de forma tan específica estos aspectos procedimentales. Este Real Decreto fue aprobado por el Gobierno central, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior, y no por las Comunidades Autónomas, quienes en su ámbito competencial podían tener regulaciones distintas. Para el ciudadano, la principal diferencia radica en la agilización y la seguridad jurídica que otorgan los plazos y la determinación de efectos ante la inactividad administrativa, garantizando una respuesta más predecible. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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