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Decreto 33/2023, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se convocan elecciones a las Alcaldías Pedáneas de las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Aragón.

BOE-A-2023-8474Publicada: 04/04/2023COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un decreto del Gobierno de Aragón que convoca elecciones para elegir alcaldes de las pedanías (entidades locales menores) de la comunidad autónoma. Establece que Aragón es responsable de organizar y gestionar estas elecciones, como corresponde a las comunidades autónomas desde acuerdos previos de la Junta Electoral Central. **¿A quién afecta?** A los ciudadanos de las pedanías aragonesas que tienen derecho a voto. Afecta también a los municipios que albergan estas entidades menores, ya que las elecciones se celebran simultáneamente con las municipales. **¿Qué cambia o establece?** Fija el 28 de mayo de 2023 como fecha para celebrar las elecciones a alcaldes pedáneos. Establece que la campaña electoral durará quince días, desde el 12 hasta el 26 de mayo de 2023. Define que el proceso seguirá las normas generales electorales españolas, incluyendo requisitos sobre locales, urnas, papeletas y demás material electoral.

💬 Contexto ciudadano

Las alcaldías pedáneas y las entidades locales menores de Aragón tienen larga tradición en la organización territorial de una comunidad con alta dispersión poblacional —más de 700 municipios con menos de 100 habitantes—. Este Decreto convoca sus elecciones para el 28-M, articulando la renovación del nivel de gobierno local más próximo al ciudadano. La regulación aragonesa, reforzada con la Ley de Administración Local de Aragón de 1999, ofrece mayor autonomía a estas entidades que la media nacional, preservando su papel en la gestión del patrimonio comunal rural ante la despoblación que amenaza la viabilidad de muchos municipios aragoneses.

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