Decreto 52/2023, de 3 de abril, del Consell, de convocatoria de elecciones a entidades locales menores de la Comunitat Valenciana.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Un decreto (orden oficial) de la Comunidad Valenciana que convoca elecciones para elegir a los miembros de las juntas vecinales. Las juntas vecinales son órganos de gobierno local que funcionan en pueblos o barrios más pequeños que los municipios. **¿A quién afecta?** A siete entidades locales menores concretas: La Llosa de Camacho (Alcalalí), La Xara (Dénia), Jesús Pobre (Dénia), El Ballestar (Pobla de Benifassà), La Barraca d'Aigües Vives (Alzira), El Perelló (Sueca) y Mareny de Barraquetes (Sueca). Estas se encuentran en Alicante, Castellón y Valencia. **¿Qué cambia o establece?** Convoca elecciones para el 28 de mayo de 2023. Fija cuántos miembros debe tener cada junta vecinal según su población (entre 3 y 7 miembros). Define que la campaña electoral durará 15 días, del 12 al 26 de mayo de 2023. Las elecciones seguirán las normas generales de la ley electoral, con las reglas especiales que establece la ley de régimen local de Valencia.
💬 Contexto ciudadano
Las entidades locales menores de la Comunitat Valenciana —pedanías y entidades de ámbito territorial inferior al municipio— se regulan por la Ley de Régimen Local valenciana. Su convocatoria simultánea con las municipales y autonómicas del 28-M simplifica la participación en municipios con estas entidades, concentrando el esfuerzo logístico y administrativo en una única jornada electoral. La Comunitat Valenciana preservó la mayoría de estas entidades a pesar de la presión de la Ley RSAL de 2013, reconociendo su papel en la gestión de recursos hídricos, caminos rurales y patrimonio comunal en municipios de interior con tradición agraria.