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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 1688/1994, de 22 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de Cámaras de la Propiedad Urbana.

BOE-A-1994-23079Publicada: 21/10/1994MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 1688/1994, de 22 de julio, sobre traspaso ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige erratas en el texto del Real Decreto 1688/1994, de 22 de julio, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de Cámaras de la Propiedad Urbana. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1688/1994 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 216 del 9 de septiembre de 1994. Este decreto establece el traspaso de funciones y servicios relacionados con las Cámaras de la Propiedad Urbana a la Comunidad Autónoma de La Rioja. Durante su publicación, se detectaron erratas en el texto oficial que afectaban la precisión de la denominación de la Comunidad Autónoma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige dos erratas específicas en el texto del Real Decreto 1688/1994. La primera errata se encuentra en la página 28125, primera columna, primer párrafo, línea cuarta, donde se menciona: «... del Estado a la Comunidad de la Rioja.» Esta frase debe corregirse para decir: «... del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja.». La segunda errata se encuentra en la misma página, primera columna, tercer párrafo, línea tercera, donde se menciona: «... Estatuto de Autonomía de la Comunidad de la Rioja,...» Esta frase debe corregirse para decir: «... Estatuto de Autonomía de La Rioja,...». Las erratas afectan la precisión de la denominación de la Comunidad Autónoma, lo cual es relevante para la correcta interpretación del traspaso de funciones y servicios mencionado en el Real Decreto. La corrección de estas erratas no modifica el contenido sustancial del decreto, sino que asegura que el texto oficial sea coherente con la denominación oficial de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El Real Decreto 1688/1994 establece que se traspasan funciones y servicios relacionados con las Cámaras de la Propiedad Urbana a la Comunidad Autónoma de La Rioja, en cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de Autonomía de La Rioja. La corrección de las erratas no altera el alcance de estas funciones, sino que garantiza que el texto oficial sea preciso y legible. La corrección de estas erratas se realiza mediante la transcripción de las rectificaciones oportunas, lo cual se fundamenta en el derecho a la precisión del texto legal. Según el artículo 106 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, de las Cortes Generales, el texto de las normas jurídicas debe ser claro y preciso, lo cual se cumple al corregir estas erratas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige dos erratas en el texto del Real Decreto 1688/1994, de 22 de julio, sobre el traspaso de funciones a la Comunidad Autónoma de La Rioja. La corrección no modifica el contenido sustancial, sino que asegura la precisión del texto legal. La errata afecta la denominación de la Comunidad Autónoma, lo cual es relevante para la correcta interpretación del traspaso de funciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de erratas**: Se corrigen dos erratas en el texto del Real Decreto 1688/1994. ⚠️ **No modifica contenido sustancial**: La corrección no altera el alcance de las funciones traspasadas. 📋 **Precisión del texto legal**: La corrección se fundamenta en el derecho a la claridad y precisión del texto legal. ℹ️ **Relevancia para la interpretación**: La corrección asegura que el texto sea legible y coherente con la denominación oficial de la Comunidad Autónoma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 22 de julio de 1994 - **Materias**: Administración pública, Comunidades autónomas, Funciones públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, erratas, Comunidad Autónoma de La Rioja, traspaso de funciones, Cámaras de la Propiedad Urbana ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto corrige meras erratas formales en un Real Decreto de 1994 que formalizó el traspaso de competencias sobre Cámaras de la Propiedad Urbana a La Rioja. Anteriormente, estas funciones recaían en la Administración General del Estado, y su traspaso a las Comunidades Autónomas se ha producido de forma escalonada y con diferencias en el alcance y la temporalidad entre ellas, siguiendo el desarrollo del Estado de las Autonomías. La normativa estatal y las directivas europeas en materia de propiedad y urbanismo establecen el marco general, pero la gestión y regulación específica de estas cámaras, como la de La Rioja, es competencia autonómica. La aprobación de este tipo de traspasos, y por ende de las correcciones, corresponde al Gobierno central en colaboración con la Comunidad Autónoma afectada. Para el ciudadano, estas correcciones, aunque formales, aseguran la correcta identificación de la administración competente, evitando confusiones y garantizando la seguridad jurídica en el ejercicio de sus derechos y obligaciones ante las Cámaras de la Propiedad Urbana riojanas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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