Real Decreto 2307/1994, de 2 de diciembre, por el que se establece normas para las transferencias de cantidades de referencia en el sector de la leche y de los productos lácteos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2307/1994, de 2 de diciembre, por el que se establece normas para l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2307/1994 establece normas para las transferencias de cantidades de referencia en el sector de la leche y productos lácteos, regulando cómo se actualizan y modifican dichas cantidades tras transferencias, así como las consecuencias de su incumplimiento. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se enmarca en un marco normativo más amplio que incluye el Real Decreto 1888/1991, que establece un plan de reordenación del sector lácteo, y el Reglamento (CEE) 3950/92, que introduce una tasa suplementaria en el sector. Además, se basa en el Real Decreto 1319/1992, que regula la tasa suplementaria, y en el Real Decreto 324/1994, que establece normas reguladoras del sector lácteo. La norma busca garantizar la correcta aplicación de las transferencias de cantidades de referencia y su impacto en la estructura de producción lechera. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2307/1994, de 2 de diciembre de 1994, regula las transferencias de cantidades de referencia en el sector de la leche y productos lácteos. En su artículo 20, el Real Decreto 1888/1991 establece que las cantidades de referencia individuales asignadas a los productores pueden ser modificadas cuando se efectúen transferencias, y que el organismo competente designado realizará las actualizaciones correspondientes en cada período de aplicación de la tasa suplementaria. El Real Decreto 1319/1992, de 30 de octubre de 1992, en su artículo 1, apartado 2, señala que la Dirección General de Producciones y Mercados Ganaderos, dependiente de la Secretaría General de Producciones y Mercados Agrarios, será la encargada de efectuar las modificaciones y actualizaciones de las cantidades de referencia, debidas, entre otras causas, a las transferencias realizadas. El Real Decreto 324/1994, de 28 de febrero de 1994, en su artículo 14, regula la transferencia de las cantidades de referencia unida a la transmisión de la explotación, mientras que en su artículo 15 prevé que dentro de cada Comunidad Autónoma pueden efectuarse transferencias de cantidades de referencia sin la correspondiente transferencia de la explotación, con el fin de mejorar la estructura de producción lechera. Además, el Real Decreto 2307/1994 establece en su artículo 10 que el incumplimiento de las normas, como la falsedad en los datos o la no cumplimiento de los fines previstos, dejará sin efecto la transferencia y será sancionada conforme a la normativa vigente. En la disposición adicional primera, se establece que el Real Decreto se dicta en virtud de la competencia atribuida al Estado por la Constitución, artículo 149.1.13ª, en materia de ordenación de la producción agraria. En la disposición adicional segunda, se establece que las normas previstas en el Real Decreto 2230/1994 también aplican a los miembros de las agrupaciones de productores agrarios, cooperativas y sociedades agrarias de transformación, siempre que dichas entidades asociativas no tengan cantidad de referencia asignada. En las disposiciones finales, se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar disposiciones complementarias, y se establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2307/1994 establece un marco normativo para la transferencia de cantidades de referencia en el sector lácteo, regulando su actualización, modificación y consecuencias de incumplimiento. La norma se fundamenta en un conjunto de normativas previas y se aplica en el ámbito nacional, con entrada en vigor en 1994. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de transferencias de cantidades de referencia**: Establece cómo se actualizan y modifican las cantidades de referencia tras transferencias. ⚠️ **Incumplimiento y sanciones**: La falsedad en datos o incumplimiento de fines previstos anula la transferencia y conlleva sanciones. 📋 **Competencia estatal**: El Real Decreto se dicta en virtud de la competencia del Estado en materia de producción agraria. ℹ️ **Aplicación a entidades asociativas**: Las normas también aplican a cooperativas y sociedades agrarias de transformación que no tengan cantidad de referencia asignada. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa reguladora - **Fecha**: 2 de diciembre de 1994 - **Materias**: Sector lácteo, producción agraria, transferencias, tasa suplementaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: transferencias, cantidades de referencia, sector lácteo, tasa suplementaria, producción agraria, normativa estatal ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1994, la normativa estatal, como el Real Decreto 324/1994, ya regulaba las transferencias de cantidades de referencia de leche, vinculándolas a la transmisión de explotaciones o permitiendo transferencias dentro de cada Comunidad Autónoma para mejorar la estructura productiva. Esta regulación se basaba en el Reglamento (CEE) 3950/92 del Consejo, que establecía una tasa suplementaria en el sector lácteo. La diferencia principal que introduce este Real Decreto es la explicitación y unificación de las normas para estas transferencias, buscando flexibilizar la aplicación del régimen de la tasa suplementaria y mejorar la eficacia del sector. La aprobación de esta norma implicó la consulta a las Comunidades Autónomas y a los sectores afectados, buscando un consenso que beneficiaría al productor al permitirle adaptar su producción de manera más ágil. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────