Real Decreto 2168/1994, de 4 de noviembre, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2168/1994, de 4 de noviembre, sobre ampliación de medios adscritos ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2168/1994, de 4 de noviembre, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar los medios personales y presupuestarios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, en cumplimiento del Estatuto de Autonomía para Galicia. **2. CONTEXTO** El Estatuto de Autonomía para Galicia, aprobado por Ley Orgánica 1/1981, otorga a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de archivos, bibliotecas y museos. Por Reales Decretos de 1982 y 1989, se traspasaron funciones y medios a Galicia en materia de cultura, con la posibilidad de convenios de colaboración con la Administración estatal. En 1994, se llegó a un acuerdo sobre la gestión de museos de titularidad estatal, lo que motivó la necesidad de ampliar los medios traspasados. La Comisión Mixta, prevista en el Estatuto, consideró necesario este ampliamento, que se materializó mediante el Real Decreto 2168/1994. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2168/1994, de 4 de noviembre, establece la aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, adoptado el 11 de octubre de 1994, para ampliar los medios personales y presupuestarios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura. Este acuerdo se adoptó en cumplimiento de la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, que prevé la transferencia de funciones y medios en materia de cultura. El Real Decreto establece que se aprueba el acuerdo, que incluye la relación nominal de personal laboral y la valoración del coste efectivo del Museo de las Peregrinaciones a traspasar a la Comunidad Autónoma. En la relación nominal, se detallan los datos personales, escalas, niveles, retribuciones básicas y complementarias, así como el total anual de cada trabajador. Por ejemplo, María Elena Varela Arias, Directora del Museo, pertenece al Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, con un nivel 24 y complemento específico de 698.196, con un total anual de 3.737.600. En cuanto a los gastos del Museo de las Peregrinaciones, se detalla la valoración en pesetas de 1994 del coste efectivo, incluyendo créditos presupuestarios y gastos anuales. Por ejemplo, el capítulo I tiene un total de 13.122 miles de pesetas, mientras que el capítulo II suma 7.500 miles de pesetas. El capítulo VI tiene un total de 750 miles de pesetas. El total de gastos es de 21.372 miles de pesetas. El Real Decreto se adoptó a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del 4 de noviembre de 1994. El acuerdo se basa en el Convenio de modificación del suscrito el 5 de diciembre de 1989 entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Galicia sobre gestión de museos de titularidad estatal. El Real Decreto se fundamenta en la necesidad de ampliar los medios traspasados a Galicia, lo que permitirá una mejor gestión de los museos y otros servicios culturales. La aprobación del Real Decreto asegura la viabilidad práctica del acuerdo, que previamente fue adoptado por la Comisión Mixta. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2168/1994 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta para ampliar los medios traspasados a Galicia en materia de cultura. Este acuerdo incluye la relación de personal y la valoración de gastos del Museo de las Peregrinaciones. La aprobación del Real Decreto asegura la viabilidad práctica del acuerdo, que fue adoptado previamente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación del Acuerdo de la Comisión Mixta**: Se aprueba el acuerdo para ampliar los medios traspasados a Galicia en materia de cultura. ⚠️ **Necesidad de ampliación de medios**: La Comisión Mixta consideró necesario ampliar los medios traspasados para una mejor gestión de los museos. 📋 **Relación de personal y gastos**: Se incluyen datos detallados de personal y valoración de gastos del Museo de las Peregrinaciones. ℹ️ **Fundamento legal**: El Real Decreto se fundamenta en el Estatuto de Autonomía para Galicia y en el Convenio de 1989. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2168/1994 - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 4 de noviembre de 1994 - **Materias**: Cultura, Administración pública, Autonomía - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto, Comisión Mixta, Galicia, cultura, museos, medios traspasados, Estatuto de Autonomía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1994, la competencia en materia de cultura, incluyendo archivos, bibliotecas y museos no estatales, ya había sido transferida a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante Reales Decretos previos en 1982 y 1989, conforme a su Estatuto de Autonomía. Esta norma estatal, a diferencia de otras CCAA que pudieron haber recibido transferencias de forma distinta o más tardía, formaliza una ampliación de los medios personales y presupuestarios ya traspasados, tras un acuerdo específico entre el Ministerio de Cultura y la Xunta. La aprobación por el Gobierno central mediante Real Decreto otorga seguridad jurídica a esta ampliación, lo que importa al ciudadano gallego al garantizar la continuidad y mejora de los servicios culturales gestionados por su comunidad autónoma, sin depender de la discrecionalidad administrativa estatal para su mantenimiento operativo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────