Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 12/1994, de 16 de noviembre, por la que se liquidan las deudas cotraídas por la Asociación «Jaca Olímpica».

BOE-A-1994-28199Publicada: 21/12/1994COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 12/1994, de 16 de noviembre, por la que se liquidan las deudas cotraídas por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 12/1994, de 16 de noviembre, establece que la Comunidad Autónoma de Aragón asume la liquidación de las deudas pendientes de la asociación «Jaca Olímpica» con entidades financieras, por un importe total de 189.765.484 pesetas, derivadas de gastos relacionados con la promoción de la candidatura a los Juegos Olímpicos de Invierno de 1998. **2. CONTEXTO** La asociación «Jaca Olímpica» fue constituida en 1988 con el objetivo de promover la candidatura a los Juegos Olímpicos de Invierno de 1998. La Diputación General de Aragón, representando a la Comunidad Autónoma, aportó apoyo institucional y económico al proyecto. Los gastos de la asociación fueron financiados principalmente con fondos públicos de la Comunidad Autónoma, lo que generó una serie de operaciones crediticias con entidades financieras. Al finalizar el periodo de promoción, quedaron pendientes de pago créditos por un importe de 189.765.484 pesetas, que la Comunidad Autónoma asumió. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 12/1994, de 16 de noviembre, se basa en el marco legal del Estatuto de Autonomía de Aragón y en la Constitución Española. En su artículo 1, se establece que la Comunidad Autónoma de Aragón asume la liquidación de las deudas pendientes de la asociación «Jaca Olímpica» con entidades financieras, por un importe total de 189.765.484 pesetas. Esta decisión se fundamenta en el apoyo institucional y económico previo que la Diputación General de Aragón prestó al proyecto, lo cual se reflejó en la financiación de los gastos de la asociación. En el artículo 2, se detalla que el importe total de la deuda asumida se imputará al crédito contenido en la sección 20, servicio 05, programa 011.1, concepto 910 «Cancelación de préstamos a medio y largo plazo», del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 1994. Esta imputación se realiza de conformidad con los principios de transparencia y responsabilidad financiera, garantizando que los recursos públicos se utilicen de manera eficiente y conforme a la normativa vigente. La disposición final primera habilita al Consejero de Economía y Hacienda para realizar las actuaciones necesarias para la ejecución de la Ley, lo cual permite la gestión operativa de la asunción de deudas. La disposición final segunda establece que la Ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», lo que asegura la vigencia legal y la aplicación efectiva de la norma. La norma se fundamenta en el artículo 9.1 de la Constitución, que establece el derecho de los ciudadanos a la libertad, igualdad, justicia y seguridad, y en los correspondientes artículos del Estatuto de Autonomía de Aragón, que regulan la autonomía financiera y la gestión de recursos públicos. La Ley también se alinea con el principio de responsabilidad del Estado, según el cual los gastos públicos deben ser justificados y asumidos por la administración competente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 12/1994 asume la deuda de la asociación «Jaca Olímpica» por la Comunidad Autónoma de Aragón. La deuda se imputa al presupuesto correspondiente y la norma entra en vigor tras su publicación. La norma se fundamenta en el marco legal autonómico y constitucional. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Asunción de deudas**: La Comunidad Autónoma asume la liquidación de deudas pendientes de la asociación «Jaca Olímpica». ⚠️ **Responsabilidad financiera**: La asunción de deudas se justifica por el apoyo institucional y económico previo. 📋 **Imputación presupuestaria**: El importe se imputa al crédito correspondiente del Presupuesto de 1994. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón». **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica - **Fuente**: Ley 12/1994 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 16 de noviembre de 1994 - **Materias**: Deuda pública, gestión financiera, autonomía de Aragón - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Deuda pública, Asociación «Jaca Olímpica», Comunidad Autónoma de Aragón, Presupuesto, Estatuto de Autonomía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la asociación "Jaca Olímpica", impulsada por la Diputación General de Aragón para promover la candidatura de los Juegos Olímpicos de Invierno de 1998, había contraído deudas con entidades financieras. Estas deudas, que ascendían a 189.765.484 pesetas, surgieron para cubrir gastos de promoción ante la insuficiencia de aportaciones privadas y la necesidad de liquidez, siendo sufragadas mayoritariamente con fondos públicos autonómicos. A diferencia de normativas estatales o directivas europeas que suelen regular la financiación de proyectos de interés público o la gestión de entidades sin ánimo de lucro, esta ley es una norma autonómica específica aprobada por las Cortes de Aragón para asumir directamente el pago de dichas deudas. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque evidencia la intervención directa de la Comunidad Autónoma para saldar compromisos financieros de un proyecto que, aunque de ámbito nacional en su aspiración olímpica, tuvo un fuerte arraigo y financiación local, garantizando así la estabilidad financiera y la responsabilidad pública ante las entidades acreedoras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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