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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 118/1994, de 7 de diciembre, por la que se implantan las Delegaciones de Defensa en Asturias, Badajoz, Baleares, Barcelona y Sevilla.

BOE-A-1994-27812Publicada: 16/12/1994MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden 118/1994, de 7 de diciembre, por la que se implantan las Delegaciones de D ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden 118/1994 establece la entrada en funcionamiento de cinco nuevas Delegaciones de Defensa en Asturias, Badajoz, Baleares, Barcelona y Sevilla, así como su estructura, categorías y funciones, en cumplimiento del Real Decreto 2206/1993. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2206/1993 crea las Delegaciones de Defensa y establece que su implantación se realizará de forma gradual en un plazo de dos años mediante Orden del Ministro de Defensa. La presente Orden es parte de ese proceso, ya que se implementan cinco nuevas Delegaciones. Antes de esta Orden, ya se habían implantado diecisiete Delegaciones mediante otras Ordenes ministeriales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 118/1994, de 7 de diciembre de 1994, regula la implantación de cinco nuevas Delegaciones de Defensa en Asturias, Badajoz, Baleares, Barcelona y Sevilla, en cumplimiento del Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre de 1993. Esta Orden se basa en la disposición adicional primera del Real Decreto 2206/1993, que establece que la implantación se realizará mediante Orden del Ministro de Defensa, determinando las funciones, estructura orgánica y fecha de entrada en funcionamiento de las Delegaciones. En el primer punto, se establece la sede, categoría y fecha de entrada en funcionamiento de las cinco nuevas Delegaciones. Las Delegaciones de Defensa en Asturias y Baleares entrarán en funcionamiento el 19 de diciembre de 1994, mientras que las de Barcelona y Sevilla lo harán el 29 de diciembre de 1994. La Delegación de Defensa en Badajoz entrará en funcionamiento el 9 de enero de 1995. Además, se establece que las Delegaciones de Defensa en Baleares, Barcelona y Sevilla serán de categoría especial, mientras que las de Asturias y Badajoz serán de categoría ordinaria. En el segundo punto, se detallan las competencias de las Delegaciones de Defensa, que ejercerán dentro de sus circunscripciones las funciones establecidas en el artículo 2, apartado 1, del Real Decreto 2206/1993. Estas funciones incluyen la coordinación de las actividades militares, la gestión de recursos, la planificación y la ejecución de operaciones en su ámbito territorial. En el undécimo punto, se establece que los Servicios de Cría Caballar integrados en las Delegaciones de Defensa en Asturias, Badajoz, Baleares, Barcelona y Sevilla ejercerán las funciones atribuidas a las actuales Delegaciones de Cría Caballar existentes en dichas provincias. En la disposición adicional primera, se establece que los Gobiernos Militares de Asturias, Badajoz, Baleares, Barcelona y Sevilla quedan suprimidos, así como las unidades administrativas existentes en las Jefaturas Logísticas del Ejército de Tierra, en los sectores aéreos y en las Comandancias Militares de Marina que desempeñaban funciones atribuidas a las nuevas Delegaciones de Defensa. Los Jefes de los Estados Mayores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire deberán resolver, en un plazo de tres meses, sobre las unidades administrativas que se reformen o supriman. En la disposición derogatoria, se establece que quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden. En la disposición final primera, se faculta al Secretario de Estado de Administración Militar para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente Orden. En la disposición final segunda, se establece que la presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 118/1994 establece la entrada en funcionamiento de cinco nuevas Delegaciones de Defensa, en cumplimiento del Real Decreto 2206/1993. Establece su estructura, categorías y funciones, así como la supresión de ciertas unidades administrativas. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Implantación de cinco nuevas Delegaciones de Defensa**: Asturias, Badajoz, Baleares, Barcelona y Sevilla. ⚠️ **Supresión de Gobiernos Militares y unidades administrativas**: en las provincias mencionadas. 📋 **Categorías de las Delegaciones**: tres de categoría especial (Baleares, Barcelona y Sevilla) y dos de categoría ordinaria (Asturias y Badajoz). ℹ️ **Fecha de entrada en funcionamiento**: entre diciembre de 1994 y enero de 1995. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Militar - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden del Ministro de Defensa - **Fecha**: 7 de diciembre de 1994 - **Materias**: Defensa, organización militar, administración pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1994, la implantación de las Delegaciones de Defensa se estaba llevando a cabo de forma gradual, conforme al Real Decreto 2206/1993, que preveía un plazo de dos años para su establecimiento. Esta normativa estatal, impulsada por el Ministerio de Defensa, no se compara directamente con normativas autonómicas o directivas de la UE, ya que se trata de una reorganización interna de la administración militar española. La Orden fue aprobada por el Ministro de Defensa, y su implantación progresiva, a diferencia de una implementación inmediata, afectaba al ciudadano en cuanto a la accesibilidad y la prestación de servicios administrativos y de apoyo a la jurisdicción militar en las provincias designadas, marcando un paso más en la descentralización de estas funciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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