Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y de Asistencia Judicial en Materia Penal entre el Reino de España y la República de Chile, firmado en Santiago el 14 de abril de 1992.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y de Asistencia Judicial ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente documento es el Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre España y Chile, firmado en 1992, y lo aprueba y ratifica el Rey de España, Juan Carlos I, en 1994. **2. CONTEXTO** El Tratado fue firmado en Santiago el 14 de abril de 1992, como parte de los esfuerzos por fortalecer la cooperación judicial entre España y Chile. Fue ratificado por el Rey de España el 20 de diciembre de 1994, tras la aprobación por las Cortes Generales. El documento establece las bases para la extradición y la asistencia judicial en materia penal entre ambos países. El Tratado entró en vigor el 21 de enero de 1995, tras el intercambio de los Instrumentos de Ratificación en Madrid el 22 de diciembre de 1994. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre España y Chile establece que el Rey de España, Juan Carlos I, aprueba y ratifica las disposiciones del Tratado, que fue firmado en Santiago el 14 de abril de 1992. El Tratado se basa en el compromiso de ambas naciones de fortalecer la cooperación judicial en materia penal, en línea con el Tratado General de Cooperación y Amistad firmado en 1990. El Tratado establece que las Partes contratantes se obligan a entregar recíprocamente a las personas responsables de delitos, según las reglas y condiciones establecidas en los artículos siguientes. El Tratado está sujeto a ratificación, y el canje de los Instrumentos de Ratificación tendrá lugar en Madrid. El Tratado entrará en vigor treinta días después del canje de los Instrumentos de Ratificación y seguirá en vigor mientras no sea denunciado por una de las Partes. Sus efectos cesarán seis meses después de la fecha de recepción de la denuncia. Además, al entrar en vigor este Tratado, terminará el Convenio para la Recíproca Extradición de Malhechores de 30 de diciembre de 1985 y el Protocolo modificando su artículo 14, de 1 de agosto de 1896, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo 5 de este artículo. Las extradiciones solicitadas después de la entrada en vigor de este Tratado se regirán por sus cláusulas, cualquiera que sea la fecha de comisión del delito. Las extradiciones solicitadas antes de la entrada en vigor de este Tratado continuarán tramitándose conforme a las disposiciones del Convenio de 30 de diciembre de 1985. El Tratado fue firmado en Santiago el 14 de abril de 1992, en dos ejemplares originales, siendo ambos textos igualmente auténticos. Por el Reino de España firmó TOMÁS DE LA QUADRA-SALCEDO, Ministro de Justicia, y por la República de Chile, ENRIQUE SILVA CIMMA, Ministro de Relaciones Exteriores. El canje de los Instrumentos de Ratificación tuvo lugar en Madrid el 22 de diciembre de 1994, y el Tratado entró en vigor el 21 de enero de 1995. El documento fue publicado en Madrid el 27 de diciembre de 1994, por el Secretario general técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores, Antonio Bellver Manrique. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre España y Chile fue aprobado por el Rey de España en 1994. El Tratado entró en vigor en 1995, sustituyendo a anteriores acuerdos. Establece un marco legal para la cooperación judicial entre ambos países. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ratificación del Tratado**: El Rey de España ratifica el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre España y Chile. ⚠️ **Entrada en vigor**: El Tratado entró en vigor el 21 de enero de 1995, tras el intercambio de los Instrumentos de Ratificación en Madrid el 22 de diciembre de 1994. 📋 **Sustitución de acuerdos anteriores**: El Tratado sustituye al Convenio para la Recíproca Extradición de Malhechores de 1985 y al Protocolo de 1896. ℹ️ **Regulación de extradiciones**: Establece que las extradiciones solicitadas después de su entrada en vigor se regirán por sus cláusulas, independientemente de la fecha del delito. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional - **Fuente**: Ley Ordinaria Nacional - **Tipo**: Instrumento de Ratificación - **Fecha**: 20 de diciembre de 1994 - **Materias**: Extradición, Asistencia Judicial, Derecho Penal, Derecho Internacional Público - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tratado de Extradición, Asistencia Judicial, España, Chile, Derecho Penal, Cooperación Judicial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la ratificación de este Tratado bilateral entre España y Chile en 1995, la cooperación en materia penal se regía por normativas generales de extradición y asistencia judicial, a menudo basadas en convenios multilaterales o en la reciprocidad de facto, sin un marco específico y detallado entre ambos países. España, como Estado miembro de la UE, también se somete a las directivas y regulaciones europeas en esta materia, que buscan armonizar los procedimientos entre los Estados miembros, como las órdenes europeas de detención y entrega. La aprobación de este tratado específico por las Cortes Generales españolas y su ratificación por el Rey, junto con la contraparte chilena, establece un compromiso formal y detallado que va más allá de las obligaciones generales. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que define con mayor claridad los supuestos, requisitos y procedimientos para la extradición y la asistencia judicial, proporcionando mayor seguridad jurídica y previsibilidad en casos de cooperación penal internacional entre ambos países. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────