Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 39/1994, de 30 de diciembre, por la que se modifica el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

BOE-A-1994-28965Publicada: 31/12/1994JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 39/1994, de 30 de diciembre, por la que se modifica el artículo 70.2 de la L ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 39/1994 modifica el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, ampliando la obligación de publicar las Ordenanzas y normas urbanísticas en el «Boletín Oficial» de la provincia, con el objetivo de garantizar la transparencia y la seguridad jurídica. 2. **CONTEXTO** La Ley 7/1985 establecía la obligación de publicar las Ordenanzas en el «Boletín Oficial» de la provincia. Posteriormente, la legislación sectorial y autonómica profundizó en la transparencia y participación ciudadana. La Ley 30/1992 y el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana establecieron derechos específicos en materia de urbanismo. La reforma busca clarificar y mejorar la redacción del artículo 70.2 para garantizar la publicidad de las normas urbanísticas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 39/1994, de 30 de diciembre de 1994, modifica el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. El artículo 70.2 se redacta con el siguiente contenido: «2. Los acuerdos que adopten las Corporaciones Locales se publican o notifican en la forma prevista por la Ley. Las Ordenanzas, incluidos el articulado de las normas de los planes urbanísticos, así como los acuerdos correspondientes a éstos cuya aprobación definitiva sea competencia de los Entes locales, se publican en el "Boletín Oficial" de la provincia y no entran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2. Idéntica regla es de aplicación a los presupuestos, en los términos del artículo 112.3 de esta Ley. Las Administraciones Públicas con competencias urbanísticas deberán tener, a disposición de los ciudadanos que lo soliciten, copias completas del planeamiento vigente en su ámbito territorial». Esta reforma se basa en la necesidad de clarificar la obligación de publicidad de las normas urbanísticas, en cumplimiento de los principios constitucionales de transparencia y seguridad jurídica. La norma se complementa con la Disposición Final Única, que establece que la Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y autoriza al Gobierno a dictar disposiciones necesarias para su desarrollo. La reforma busca simplificar la tramitación administrativa en materia de urbanismo, alineándose con la legislación sectorial, que ya establece derechos específicos en este ámbito, como los artículos 43 y 133 del texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Además, se establece que las Administraciones Públicas con competencias urbanísticas deben proporcionar copias completas del planeamiento vigente a los ciudadanos que lo soliciten, lo que refuerza el derecho de acceso a la información pública. Esta norma se inscribe en un marco legal más amplio que busca garantizar la participación ciudadana, la transparencia en la actuación de las Administraciones Públicas y la seguridad jurídica, conforme a los principios consagrados en la Constitución Española. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 39/1994 modifica el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 para mejorar la publicidad de las normas urbanísticas. La reforma busca garantizar la transparencia y la seguridad jurídica, alineándose con la legislación sectorial. La norma establece que las Ordenanzas y planes urbanísticos deben publicarse en el «Boletín Oficial» de la provincia y que las Administraciones Públicas deben proporcionar copias a los ciudadanos que lo soliciten. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del artículo 70.2 de la Ley 7/1985**: Se establece la obligación de publicar las Ordenanzas y normas urbanísticas en el «Boletín Oficial» de la provincia. ⚠️ **Reforzado el derecho de acceso a la información pública**: Las Administraciones Públicas deben proporcionar copias completas del planeamiento vigente a los ciudadanos que lo soliciten. 📋 **Alineación con la legislación sectorial**: La reforma se basa en principios ya establecidos en la Ley 30/1992 y en el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. ℹ️ **Simplificación de la tramitación administrativa**: La norma busca reducir complejidades en la publicación de normas urbanísticas, facilitando su acceso y cumplimiento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 39/1994 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 30 de diciembre de 1994 - **Materias**: Urbanismo, Administración Pública, Transparencia, Derecho Local - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: publicidad, transparencia, seguridad jurídica, ordenanzas, planeamiento urbano, derecho de acceso a la información, Administraciones Públicas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta reforma de 1994, el artículo 70.2 de la Ley de Régimen Local (LRBRL) ya establecía la obligación de publicar ordenanzas y normas urbanísticas en el Boletín Oficial de la provincia, en línea con los principios de publicidad y seguridad jurídica. Esta ley estatal, aprobada por las Cortes Generales, se compara con normativas autonómicas y directivas europeas que también buscan la transparencia y la participación ciudadana, aunque con desarrollos sectoriales específicos. La reforma de 1994, impulsada por la experiencia y dudas interpretativas, clarifica la obligatoriedad de esta publicación para garantizar la publicidad de las normas urbanísticas y simplificar trámites, lo cual es crucial para el ciudadano al asegurar que pueda conocer y acceder a las regulaciones que afectan directamente a su entorno y derechos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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