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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2489/1994, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 511/1992, de 14 de mayo, por el que se crea la Comisión Interministerial de Extranjería.

BOE-A-1995-2126Publicada: 27/01/1995MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2489/1994, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2489/1994 modifica el Real Decreto 511/1992, que crea la Comisión Interministerial de Extranjería, para adecuar su estructura y funciones a la nueva organización de los Departamentos ministeriales. 2. **CONTEXTO** La proposición no de Ley aprobada por el Congreso de los Diputados el 9 de abril de 1991 instaba al Gobierno a reformar y modernizar la política de extranjería, incluyendo la creación de la Comisión Interministerial de Extranjería. El Real Decreto 511/1992, de 14 de mayo, estableció dicha Comisión con funciones de coordinación entre ministerios. Posteriormente, la reestructuración de algunos Departamentos ministeriales requirió la modificación de dicho Real Decreto para adaptar su composición y las Comisiones delegadas a la nueva organización. En la tramitación del Real Decreto 2489/1994, se incluyó un informe favorable de la propia Comisión Interministerial de Extranjería. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2489/1994, de 23 de diciembre de 1994, modifica el Real Decreto 511/1992, de 14 de mayo, que crea la Comisión Interministerial de Extranjería, con el objetivo de adecuar su estructura y funciones a la nueva organización de los Departamentos ministeriales. En concreto, el Real Decreto 2489/1994 introduce modificaciones en los artículos 2, 5 y 8 del Real Decreto 511/1992, así como en la disposición final única. En el artículo único, se establece que el artículo 2 del Real Decreto 511/1992 queda redactado de la siguiente forma: «1. La Comisión, bajo la presidencia de la Secretaria de Estado de Interior, estará integrada por la Secretaria de Estado de Justicia, los Subsecretarios de Asuntos Exteriores, de Trabajo y Seguridad Social, de Asuntos Sociales, y el Secretario general-Director general de la Policía. 2. Los miembros de la Comisión podrán asistir personalmente a las reuniones de la Comisión o delegar su participación en un Director general de su Departamento o, en el caso del Secretario general-Director general de la Policía, en un Subdirector general de ese centro directivo.» Asimismo, se modifica el artículo 5, en el que se establecen las Comisiones delegadas de la Comisión Interministerial de Extranjería, que son: a) Política de visados y cooperación internacional. b) Régimen de extranjería. c) Flujos migratorios, promoción e integración social de inmigrantes y refugiados. El artículo 5.2 queda redactado de la siguiente manera: «La presidencia de las Comisiones citadas en el apartado anterior corresponderá: En el caso del párrafo a), al Director general de Asuntos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores. En el caso del párrafo b), al Director general de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo del Ministerio de Justicia e Interior. En el caso del párrafo c), al Director general de Migraciones del Ministerio de Asuntos Sociales.» Finalmente, el artículo 8 queda redactado de la siguiente forma: «La Secretaría de la Comisión Interministerial de Extranjería corresponde al Director general de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo, mientras que la de las Comisiones delegadas será desempeñada por un Subdirector general adscrito al centro directivo al que se haya asignado la presidencia respectiva.» En la disposición derogatoria única, se establece que quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto. En la disposición final única, se establece que el presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este Real Decreto fue aprobado a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores, de Justicia e Interior, de Trabajo y Seguridad Social y de Asuntos Sociales, con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de diciembre de 1994. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2489/1994 modifica la estructura de la Comisión Interministerial de Extranjería para adecuarla a la nueva organización ministerial. Se establecen nuevas funciones y presidencias para las Comisiones delegadas, y se establece la Secretaría de la Comisión y de las Comisiones delegadas. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Comisión Interministerial de Extranjería**: Se adapta su estructura a la nueva organización ministerial. ⚠️ **Derogación de disposiciones contrarias**: Se derogan normas que se opongan a la nueva normativa. 📋 **Reestructuración de funciones**: Se establecen nuevas Comisiones delegadas con funciones específicas. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2489/1994 - **Tipo**: Norma de rango general - **Fecha**: 23 de diciembre de 1994 - **Materias**: Extranjería, migración, coordinación interministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Interministerial de Extranjería, migración, extranjería, coordinación ministerial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la coordinación de la política de extranjería se basaba en el Real Decreto 511/1992, que creaba la Comisión Interministerial de Extranjería para armonizar las actuaciones ministeriales. Esta modificación, impulsada por reestructuraciones ministeriales, adecúa la composición de la Comisión a la nueva estructura departamental, manteniendo su función coordinadora a nivel estatal, sin que existan normativas autonómicas o directivas europeas específicas que aborden directamente la composición de este órgano interministerial. La aprobación recae en el Gobierno, a propuesta de varios ministerios y con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, mientras que la Comisión misma ha emitido informe favorable. Esta diferencia es relevante para el ciudadano al asegurar una gestión más ágil y coherente de las políticas de extranjería, al reflejar la organización interna del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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