Real Decreto 114/1995, de 27 de enero, sobre ampliación de las funciones y los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de Cultura.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 114/1995, de 27 de enero, sobre ampliación de las funciones y los m ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 114/1995, de 27 de enero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar las funciones y los medios adscritos a los servicios de Cultura traspasados a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con efectividad a partir del 1 de febrero de 1995. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, traspasó a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Cultura, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. El Real Decreto 1958/1983, de 29 de junio, estableció las normas y el procedimiento para las transferencias de funciones y servicios. En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares, la Comisión Mixta de Transferencias, tras considerar la necesidad de ampliar las funciones y medios en materia de Cultura, adoptó un acuerdo en su reunión del 11 de enero de 1995. Dicha Comisión solicitó la aprobación del acuerdo mediante Real Decreto, lo cual se llevó a cabo en la reunión del Consejo de Ministros del 27 de enero de 1995. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 114/1995, de 27 de enero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, adoptado el 11 de enero de 1995, que amplía las funciones y los medios personales y patrimoniales adscritos a los servicios de Cultura traspasados a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Este acuerdo se basa en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para las Islas Baleares, que establece la Comisión Mixta de Transferencias como órgano encargado de la transferencia de funciones y servicios. El Real Decreto 3040/1983, de 5 de octubre, traspasó a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Cultura, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. El Real Decreto 1958/1983, de 29 de junio, estableció las normas y el procedimiento para la transferencia de funciones y servicios. El acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado en su sesión del 11 de enero de 1995, establece que el traspaso de medios personales y presupuestarios tendrá efectividad a partir del 1 de febrero de 1995. El acuerdo incluye la relación de personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios que se traspasan, así como la valoración en pesetas de 1995 del coste efectivo de los servicios PIC a traspasar. El Real Decreto 114/1995, de 27 de enero, se emite en virtud de la propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de enero de 1995. El acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias se incluye como anexo del presente Real Decreto. En el acuerdo, se detalla la ampliación de las funciones y medios adscritos a los servicios de Cultura, con el fin de garantizar la eficacia del traspaso. Se incluyen datos específicos sobre el personal y los puestos de trabajo, así como el cálculo del coste efectivo de los servicios traspasados. El Real Decreto 114/1995, de 27 de enero, establece que el traspaso de medios personales y presupuestarios tendrá efectividad a partir del 1 de febrero de 1995, lo que permite una transición ordenada y eficaz de las funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 114/1995 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar las funciones y medios en materia de Cultura traspasados a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El traspaso tendrá efectividad a partir del 1 de febrero de 1995. El acuerdo incluye la relación de personal y puestos de trabajo, así como la valoración del coste efectivo de los servicios traspasados. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias**: El Real Decreto 114/1995 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, adoptado el 11 de enero de 1995, para ampliar las funciones y medios en materia de Cultura. ⚠️ **Efectividad del traspaso**: El traspaso de medios personales y presupuestarios tendrá efectividad a partir del 1 de febrero de 1995. 📋 **Relación de personal y puestos de trabajo**: Se incluye una relación detallada de personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios traspasados. ℹ️ **Valoración del coste efectivo**: Se incluye la valoración en pesetas de 1995 del coste efectivo de los servicios PIC a traspasar. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de traspaso de funciones - **Fecha**: 27 de enero de 1995 - **Materias**: Cultura, Administración pública, Autonomía - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 114/1995, Comisión Mixta de Transferencias, traspaso de funciones, Cultura, Islas Baleares, efectividad, personal, presupuesto. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, las funciones y medios en materia de Cultura en las Islas Baleares ya habían sido transferidos a la Comunidad Autónoma mediante el Real Decreto 3040/1983. Esta norma actualiza y amplía dichas competencias y recursos, un proceso de descentralización que se ha dado de forma similar en otras Comunidades Autónomas, aunque con ritmos y alcances distintos, y siempre dentro del marco de las directivas de la Unión Europea y la normativa estatal. La aprobación de este Real Decreto por el Gobierno central, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, formaliza un acuerdo previo de la Comisión Mixta de Transferencias, órgano encargado de gestionar estos traspasos. Para el ciudadano balear, esta ampliación de funciones y medios significa una mayor capacidad de gestión y desarrollo de políticas culturales adaptadas a su realidad territorial, acercando la administración y los servicios culturales a su ámbito de influencia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────