Real Decreto-leyNacionalvigente

Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero, por el que se arbitran medidas de carácter urgente en materia de abastecimientos hidráulicos.

BOE-A-1995-3744Publicada: 13/02/1995JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero, por el que se arbitran medidas de car ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 1/1995 establece medidas urgentes para mejorar el abastecimiento de agua en zonas afectadas por la escasez hídrica, especialmente en las cuencas hidrográficas del sur y centro de la Península Ibérica. 2. **CONTEXTO** El trienio hidrológico 1991-1992, 1992-1993 y 1993-1994 fue el más seco del presente siglo en el centro y sur de la Península Ibérica, afectando las cuencas del Guadiana, Guadalquivir, Sur, Segura y Júcar, así como gran parte de la del Tajo. El año 1995 no mejoró la situación, sino que la agravó. El Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente ya había realizado un esfuerzo importante para construir obras de abastecimiento de agua desde 1992, con un gasto de 37.300 millones de pesetas, beneficiando a más de once millones de personas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero, introduce medidas urgentes para garantizar el abastecimiento de agua en zonas afectadas por la escasez hídrica. Estas medidas se fundamentan en la necesidad de actuar con urgencia debido a la situación crítica de los recursos hídricos en las cuencas mencionadas. El texto establece que, pese al esfuerzo ya realizado, se requieren nuevas obras, en algunos casos complementarias, para mejorar el suministro de agua en zonas especialmente afectadas. El RD-Ley establece una serie de actuaciones específicas, como la construcción de captaciones hidrogeológicas en diversas zonas, la mejora de infraestructuras de transporte de agua, y la explotación de recursos hídricos en áreas como la Alpujarra, el bajo Guadalfeo, la Costa del Sol, la zona gaditana, Granada, Almería, Jaén, Córdoba, Extremadura, Castilla-La Mancha, Murcia y la Comunidad Valenciana. Estas actuaciones están destinadas a abastecer a ciudades y zonas específicas, como Málaga, Granada, Almería, Cáceres, Toledo, Murcia, etc. El RD-Ley se basa en la necesidad de garantizar el acceso al agua potable, especialmente en zonas donde la situación es crítica. Se mencionan medidas como la desalobradora de los retornos de riego de La Pedrera en Murcia, la mejora del sistema de abastecimiento de la Mancomunidad del Taibilla, y la conexión de sistemas de abastecimiento en la región de Sevilla. Además, se incluyen actuaciones en la cuenca del Júcar, en la comarca de Chiva y en la Marina baja en la Comunidad Valenciana. El RD-Ley establece que estas medidas se realizarán con carácter de urgencia, lo que implica que no se seguirán los procedimientos normales de planificación, sino que se actuará de forma inmediata para garantizar el abastecimiento de agua. Esto se refleja en el artículo 1, que establece la urgencia de las medidas, y en el artículo 2, que detalla las actuaciones específicas que se llevarán a cabo. En cuanto a la regulación legal, el RD-Ley se basa en el derecho ambiental y en la gestión de recursos hídricos, con especial atención a la protección de los acuíferos y a la garantía del acceso al agua potable. Se menciona la necesidad de mejorar el suministro de agua en las zonas más afectadas, lo que implica una intervención directa del Estado en la gestión de recursos hídricos, especialmente en situaciones de emergencia. El RD-Ley también establece que estas medidas se realizarán con el apoyo de los organismos competentes, como los consorcios de abastecimiento, las comunidades autónomas y los ayuntamientos. Esto se refleja en el artículo 3, que establece la coordinación entre diferentes niveles de gobierno para garantizar la eficacia de las actuaciones. En resumen, el RD-Ley 1/1995 establece medidas urgentes para mejorar el abastecimiento de agua en zonas afectadas por la escasez hídrica, con una serie de actuaciones específicas en diferentes regiones de España. Estas medidas se fundamentan en la necesidad de actuar con urgencia, lo que implica una intervención directa del Estado en la gestión de recursos hídricos, especialmente en situaciones de emergencia. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 1/1995 establece medidas urgentes para mejorar el abastecimiento de agua en zonas afectadas por la escasez hídrica. Estas medidas incluyen la construcción de obras hidráulicas, la mejora de infraestructuras y la explotación de recursos hídricos en diversas regiones. La norma se fundamenta en la necesidad de actuar con urgencia para garantizar el acceso al agua potable. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Urgencia**: El RD-Ley establece medidas urgentes debido a la crítica situación hídrica en el centro y sur de la Península Ibérica. ⚠️ **Escasez hídrica**: La situación es especialmente crítica en las cuencas del Guadiana, Guadalquivir, Sur, Segura y Júcar. 📋 **Actuaciones específicas**: Se mencionan una serie de obras y proyectos en diferentes regiones, como captaciones hidrogeológicas, mejora de infraestructuras y explotación de recursos hídricos. ℹ️ **Coordinación**: Las medidas se llevan a cabo con la coordinación entre diferentes niveles de gobierno y organismos competentes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley 1/1995 - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 10 de febrero de 1995 - **Materias**: Hidráulica, recursos hídricos, abastecimiento de agua, emergencia hídrica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: abastecimiento de agua, escasez hídrica, urgencia, recursos hídricos, captaciones hidrogeológicas, infraestructura hídrica, gestión de recursos hídricos, emergencia hídrica, acuíferos, cuencas hidrográficas, zonas afectadas, medidas urgentes, coordinación, consorcios de abastecimiento, Comunidades Autónomas, ayuntamientos, Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto-ley de 1995, la respuesta a las sequías severas en España se basaba en esfuerzos de emergencia y obras de abastecimiento impulsadas por el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente desde 1992, con una inversión considerable para beneficiar a millones de personas, principalmente en el sur peninsular. Esta normativa nacional, aprobada por el Gobierno central, se diferencia de enfoques más descentralizados en otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propias competencias en gestión hídrica. A diferencia de directivas europeas que establecen marcos generales, este Real Decreto-ley es una medida específica y urgente para paliar una situación crítica. La diferencia radica en la agilidad y la declaración de urgencia para la ejecución de obras, lo cual es crucial para el ciudadano al garantizar el suministro de agua potable en zonas de escasez, evitando así restricciones severas y asegurando la viabilidad de actividades económicas y la calidad de vida. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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