Orden de 28 de febrero de 1995 por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 28 de febrero de 1995 por la que se desarrolla la estructura orgánica y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 28 de febrero de 1995 establece la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía, adaptándola al momento actual. **2. CONTEXTO** Esta norma se basa en el Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio, que regula la estructura básica del Ministerio de Justicia e Interior. En su artículo 15, se establece la organización de la Dirección General de la Policía, y en su disposición final primera, se faculta al Ministro para dictar disposiciones necesarias para su desarrollo. La Orden Ministerial de 1995 se emite con el objetivo de adaptar la organización policial a las necesidades actuales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 28 de febrero de 1995, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 15 de marzo de 1995, desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio, que establece la estructura básica del Ministerio de Justicia e Interior y otorga al Ministro la facultad de dictar disposiciones necesarias para su desarrollo. En el Título I, se establece la organización central de la Dirección General de la Policía, que se divide en el Capítulo I, dedicado a la Subdirección Operativa. Esta subdirección se estructura en siete unidades principales: 1. **Secretaría Técnica**: Tiene la misión de apoyar y asistir al Subdirector operativo en el ejercicio de sus funciones, así como gestionar los recursos humanos y los medios asignados a la Subdirección Operativa (artículo 1, apartado uno). 2. **Jefatura de Comisarías Especiales**: Se encarga de coordinar y planificar el funcionamiento de las Comisarías Especiales, que incluyen entidades como la Casa de Su Majestad El Rey, la Presidencia del Gobierno, el Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional, el Defensor del Pueblo, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas, entre otros (artículo 1, apartado dos). 3. **Grupo Especial de Operaciones**: Se dedica a operaciones de alto riesgo y complejidad, como intervenciones contra delincuencia grave o actividades terroristas (artículo 1, apartado tres). 4. **Brigada Operativa de Apoyo**: Actúa como unidad de apoyo logístico y operativo para las demás unidades, facilitando la movilidad y el abastecimiento (artículo 1, apartado cuatro). 5. **Grupo de Análisis y Tratamiento de la Información (GATI)**: Se encarga del análisis, procesamiento y tratamiento de información relevante para la actividad policial, incluyendo inteligencia y vigilancia (artículo 1, apartado cinco). 6. **Unidad adscrita a la Fiscalía General del Estado**: Coordina la acción policial en colaboración con la Fiscalía, especialmente en casos de delitos graves o complejos (artículo 1, apartado seis). 7. **Unidad de Coordinación y Cooperación Internacional**: Gestiona los asuntos internacionales de interés policial y coordina los grupos de trabajo que representan a la Dirección General en el ámbito internacional (artículo 1, apartado siete). Además, en el Título II, se detalla la organización territorial de la Dirección General de la Policía, que incluye 133 unidades territoriales, entre las que se encuentran 120 comisarías, 13 puestos fronterizos y 10 aeropuertos. Cada una de estas unidades tiene funciones específicas relacionadas con la seguridad pública, la prevención del delito, la investigación y la atención a la ciudadanía (artículo 2, apartado uno). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1995 establece una estructura detallada y funcional para la Dirección General de la Policía, adaptada a las necesidades actuales. Esta norma se basa en el Real Decreto 1334/1994 y se emite con la aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura orgánica detallada**: La norma establece una organización central y territorial muy específica, con unidades especializadas. ⚠️ **Facultad del Ministro**: El Real Decreto 1334/1994 otorga al Ministro la facultad de dictar disposiciones necesarias para el desarrollo de la Dirección General de la Policía. 📋 **Coordinación internacional**: La Unidad de Coordinación y Cooperación Internacional gestiona asuntos internacionales de interés policial. ℹ️ **Organización territorial**: Se detallan 133 unidades territoriales, incluyendo comisarías, puestos fronterizos y aeropuertos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 28 de febrero de 1995 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de febrero de 1995 - **Materias**: Policía, organización territorial, estructura orgánica, funciones, seguridad pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial de 1995, la estructura y funciones de la Dirección General de la Policía se regían por el Real Decreto 1334/1994, que establecía su estructura básica. Esta norma nacional, aprobada por el Ministro de Justicia e Interior y con la aprobación previa del Ministro para las Administraciones Públicas, detalla la organización interna y las competencias de los servicios centrales y territoriales, incluyendo unidades específicas como la Jefatura de Comisarías Especiales o la Unidad de Coordinación y Cooperación Internacional, así como las unidades adscritas a las Comunidades Autónomas. La diferencia radica en la concreción y desarrollo de esta estructura, lo cual es importante para el ciudadano al definir claramente las responsabilidades y la organización de los cuerpos policiales que garantizan su seguridad y orden público, permitiendo una mejor comprensión de a quién dirigirse y cómo funcionan las distintas divisiones policiales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────