Real Decreto 209/1995, de 10 de febrero, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana, en materia de agricultura (reforma y desarrollo Agrario).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 209/1995, de 10 de febrero, sobre ampliación de los medios adscrito ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 209/1995, de 10 de febrero, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias entre el Estado y la Comunidad Valenciana, mediante el cual se amplían los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de agricultura, específicamente en reforma y desarrollo agrario. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 3533/1981, de 29 de diciembre, aprobó el Acuerdo del Pleno de la Comisión Mixta de Transferencias, que traspasó diversas funciones y servicios, incluyendo los relativos a reforma y desarrollo agrario, a la Comunidad Valenciana. Sin embargo, en la relación de medios personales objeto de traspaso no se incluyeron determinados medios, cuyo efectivo traspaso era necesario para el desarrollo de las funciones asumidas. El Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, estableció las normas y procedimientos para los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana. Conforme a dicha normativa, la Comisión Mixta adoptó un acuerdo en su reunión del 16 de enero de 1995, que requería su aprobación mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 209/1995, de 10 de febrero, se fundamenta en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, que establece la Comisión Mixta de Transferencias entre el Estado y la Comunidad Valenciana. Este órgano, con competencia para decidir sobre la transferencia de funciones y servicios, adoptó en su reunión del 16 de enero de 1995 un acuerdo para ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de agricultura, específicamente en reforma y desarrollo agrario. Dicha decisión fue aprobada por el Gobierno mediante el presente Real Decreto. El Real Decreto 3533/1981, de 29 de diciembre, estableció el traspaso de funciones y servicios, incluyendo los relativos a reforma y desarrollo agrario, a la Comunidad Valenciana. Sin embargo, en la relación de medios personales objeto de traspaso no se incluyeron determinados medios, cuyo efectivo traspaso era necesario para el desarrollo de las funciones asumidas. Por ello, se requiere la ampliación de esos medios para garantizar la adecuada ejecución de las funciones transferidas. El Real Decreto 4015/1982, de 29 de diciembre, estableció las normas y el procedimiento a que deben ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Valenciana. Este Real Decreto regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Por tanto, la Comisión Mixta adoptó el acuerdo mencionado, que fue aprobado mediante el presente Real Decreto. El Real Decreto 209/1995, de 10 de febrero, se emitió en cumplimiento de la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de febrero de 1995. El artículo 1 del Real Decreto establece que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, adoptado en su reunión del 16 de enero de 1995, por el que se amplían los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de agricultura. Este Real Decreto se complementa con la información sobre los gastos de personal y los gastos corrientes asociados a la transferencia, incluyendo las remuneraciones básicas, complementarias y totales, así como los gastos de seguridad social, según los datos proporcionados en la relación numérica. Los datos muestran la distribución de los gastos entre diferentes localidades y cargos, lo que refleja la asignación de recursos necesarios para el desarrollo de las funciones transferidas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 209/1995, de 10 de febrero, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de agricultura. Este Real Decreto se fundamenta en la normativa vigente y en la necesidad de garantizar la adecuada ejecución de las funciones transferidas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios**: El Real Decreto amplía los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de agricultura. ⚠️ **Necesidad de traspaso**: Algunos medios no se incluyeron en el traspaso inicial, lo que justifica la necesidad de su ampliación. 📋 **Procedimiento legal**: El traspaso se ajusta a las normas establecidas en el Real Decreto 4015/1982. ℹ️ **Relación de gastos**: Se incluyen datos sobre los gastos de personal y corrientes, lo que refleja la asignación de recursos necesarios. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 10 de febrero de 1995 - **Materias**: Transferencia de funciones, agricultura, desarrollo agrario - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 209/1995, Comisión Mixta de Transferencias, agricultura, desarrollo agrario, traspaso de medios, Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1995, el traspaso de funciones y medios en materia de agricultura a la Comunidad Valenciana se había iniciado con el Real Decreto 3533/1981, pero este no incluyó todos los recursos necesarios para el desarrollo agrario. La normativa estatal, como el Real Decreto 4015/1982, regulaba estos traspasos entre el Estado y las comunidades autónomas, un proceso común en la descentralización española, a diferencia de otras CCAA que pudieron haber completado sus traspasos de forma más integral o en fechas anteriores. La aprobación de este Real Decreto por el Gobierno central, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, formaliza la ampliación de medios, lo cual es crucial para el ciudadano valenciano al garantizar que los servicios de reforma y desarrollo agrario cuenten con los recursos adecuados para su correcta ejecución y para el fomento del sector en su territorio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────