Real Decreto-leyNacionalvigente

Resolución de 23 de febrero de 1995, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero, por el que se arbitran medidas de carácter urgente en materia de abastecimientos hidráulicos.

BOE-A-1995-5276Publicada: 01/03/1995CORTES GENERALES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de febrero de 1995, del Congreso de los Diputados, por la que s ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de febrero de 1995 del Congreso de los Diputados ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero, que establecía medidas urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 1/1995 fue aprobado con urgencia para abordar situaciones críticas en el abastecimiento de agua. La convalidación fue necesaria para darle validez legal plena. La Resolución de 23 de febrero de 1995 se emitió con el objetivo de hacer público este acuerdo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de febrero de 1995 del Congreso de los Diputados tiene como finalidad la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero. Este Real Decreto-ley fue aprobado en sesión extraordinaria del Congreso de los Diputados, con el fin de establecer medidas urgentes en materia de abastecimiento hidráulico. Según el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados tiene la facultad de convalidar leyes decretadas en estado de urgencia, siempre que se cumplan los requisitos formales. En este caso, el Real Decreto-ley fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 37, de 13 de febrero de 1995. La convalidación fue acordada en sesión del Congreso de los Diputados, con el objetivo de garantizar su validez legal y su aplicación efectiva. La Resolución de 23 de febrero de 1995 establece que el Acuerdo de convalidación se publica para general conocimiento, lo que permite que todas las partes interesadas puedan acceder a su contenido. La Resolución se firma en el Palacio del Congreso de los Diputados, con la firma del Presidente del Congreso de los Diputados, PONS IRAZAZABAL. Esta Resolución no introduce nuevas normas, sino que simplemente ordena la publicación del acuerdo de convalidación, lo que es un acto de formalización y transparencia. La publicación es un requisito legal para que una norma tenga efectos jurídicos, según el derecho español. Por tanto, esta Resolución cumple con el deber de hacer público el acuerdo de convalidación, garantizando su acceso y conocimiento general. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado, lo que asegura su difusión y aplicación en el ámbito nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 23 de febrero de 1995 del Congreso de los Diputados ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero. Esta medida garantiza la difusión y aplicación legal de la norma. La publicación es un requisito formal para la vigencia de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Convalidación de Real Decreto-ley**: El Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley 1/1995, que establece medidas urgentes en materia de abastecimiento hidráulico. ⚠️ **Urgencia y formalidad**: La convalidación se realiza en sesión del Congreso, cumpliendo con los requisitos formales de la Constitución. 📋 **Publicación obligatoria**: La Resolución ordena la publicación del acuerdo de convalidación, lo cual es un requisito legal para la vigencia de la norma. ℹ️ **Firmado por el Presidente**: La Resolución se firma en el Palacio del Congreso de los Diputados por el Presidente del Congreso de los Diputados, PONS IRAZAZABAL. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de febrero de 1995 - **Materias**: Abastecimiento hidráulico, procedimiento legislativo, convalidación - **Relevancia**: ALTA - **Artículo citado**: Artículo 86.2 de la Constitución Española - **Párrafo citado**: No se citan párrafos específicos, pero se menciona el artículo 86.2 como base legal para la convalidación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución de 1995, las medidas urgentes en materia de abastecimientos hidráulicos se regían por normativas sectoriales preexistentes, posiblemente de carácter más general o específicas para cada cuenca. El Real Decreto-ley 1/1995, convalidado por el Congreso, introdujo un marco nacional de actuación urgente, diferenciándose de la posible fragmentación competencial de las Comunidades Autónomas en esta materia, aunque la gestión del agua es un área donde las CCAA tienen competencias importantes. La aprobación recayó en el Congreso de los Diputados, validando la actuación del Gobierno. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que unifica y agiliza la respuesta a crisis hídricas a nivel estatal, garantizando una acción coordinada y potencialmente más eficaz que depender exclusivamente de normativas autonómicas o de la lenta tramitación de leyes ordinarias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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