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Ley 4/1995, de 10 de febrero, de concesión de crédito extraordinario para financiar ayudas a la reconversión de la flota e instalaciones en acuicultura, como consecuencia de los Decretos 15/1986, de 25 de marzo, y 16/1990, de 22 de febrero, por importe de 90.000.000 de pesetas.

BOE-A-1995-6765Publicada: 17/03/1995COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 4/1995, de 10 de febrero, de concesión de crédito extraordinario para financ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 4/1995, de 10 de febrero, concede un crédito extraordinario de 90.000.000 de pesetas para financiar ayudas a la reconversión de la flota pesquera y la acuicultura en Cantabria, como consecuencia de los Decretos 15/1986 y 16/1990, y resuelve compromisos pendientes de pago. 2. **CONTEXTO** La Ley fue promulgada por el Presidente de la Diputación Regional de Cantabria en 1995, tras la aprobación de la Asamblea Regional. Se basa en los Decretos 15/1986 y 16/1990, que establecían ayudas a los sectores pesquero y acuicultor. Sin embargo, en 1994, se encontraron expedientes no resueltos que requerían financiación, pero no se habían incluido en el presupuesto. La Ley busca resolver estos compromisos para evitar perjuicios a los solicitantes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 4/1995, de 10 de febrero, establece un crédito extraordinario de 90.000.000 de pesetas para financiar ayudas a la reconversión de la flota pesquera y la acuicultura en Cantabria. Este crédito se concede bajo el amparo de los Decretos 15/1986 y 16/1990, que regulaban ayudas a los sectores agrario, forestal y pesquero, así como a la reconversión de la flota y desarrollo de la acuicultura. La Ley se fundamenta en el artículo 15.2 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, que otorga al Consejo de Gobierno la facultad de tramitar nuevos proyectos de Ley de Crédito Extraordinario cuando sea necesario reconocer nuevas obligaciones. El Artículo 1 establece que el crédito extraordinario se destinará a subvencionar inversiones en reconversión de la flota pesquera y la acuicultura, así como a los intereses de los préstamos concedidos para este fin al amparo de los Convenios suscritos con entidades crediticias de la región. El Artículo 2 indica que la disposición de estos fondos se regirá en todo por las mismas normas que se aplicaron a los beneficiarios que cobraron las ayudas con anterioridad, según los respectivos Decretos reguladores. El Artículo 3 establece que las ayudas no pueden ser objeto de nuevas solicitudes, sino limitarse exclusivamente a atender aquellas presentadas en los plazos hábiles marcados en los respectivos Decretos. El Artículo 4 detalla las partidas presupuestarias afectadas, incluyendo subvenciones a intereses de préstamos (43.000.000 de pesetas) y subvenciones a reconversión de la flota y la acuicultura (47.000.000 de pesetas). El Artículo 5 detalla la financiación de las partidas, mediante baja en las partidas y por los importes que se señalan, incluyendo 20.000.000 de pesetas en la partida P.05.5.712.5.771/1 y 70.000.000 de pesetas en la partida P.05.4.531.1.657.1/1. La Disposición Final establece que la Ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 4/1995 establece un crédito extraordinario para financiar ayudas a la reconversión de la flota pesquera y la acuicultura en Cantabria. Se basa en los Decretos 15/1986 y 16/1990 y busca resolver compromisos pendientes. La Ley se publicó en el «Boletín Oficial de Cantabria» el 16 de febrero de 1995. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Crédito extraordinario de 90.000.000 de pesetas** para financiar ayudas a la reconversión de la flota y la acuicultura. ⚠️ **Limitación a ayudas ya solicitadas** y no nuevas solicitudes. 📋 **Aplicación de normas previas** en la gestión de los fondos. ℹ️ **Financiación mediante partidas específicas** y baja en partidas presupuestarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Cantabria) - **Fuente**: Ley 4/1995, de 10 de febrero - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 10 de febrero de 1995 - **Materias**: Crédito extraordinario, reconversión de flota pesquera, acuicultura, subvenciones, presupuesto - **Relevancia**: ALTA (por su importancia en la regulación de ayudas a sectores económicos específicos y por su vinculación con normas previas) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Ley de Cantabria 4/1995 surge como respuesta a la necesidad de financiar ayudas ya comprometidas bajo decretos anteriores (15/1986 y 16/1990) para la reconversión de la flota pesquera y la acuicultura, que no pudieron ser atendidas por falta de dotación presupuestaria en la Ley de Presupuestos de 1993 prorrogada para 1994. A diferencia de normativas estatales o de otras comunidades autónomas que podrían haber previsto mecanismos de financiación más flexibles o fondos específicos para este tipo de contingencias, esta ley es una medida puntual aprobada por la Asamblea Regional de Cantabria. La diferencia es crucial para los ciudadanos y empresas del sector en Cantabria, ya que garantiza la liquidación de ayudas pendientes, evitando así discriminación y perjuicios a quienes cumplieron los requisitos en su momento y esperaban recibir el apoyo prometido. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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