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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 286/1995, de 24 de febrero, sobre ampliación de medios a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de juventud (TIVE).

BOE-A-1995-6495Publicada: 15/03/1995MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 286/1995, de 24 de febrero, sobre ampliación de medios a la Comunid ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 286/1995, de 24 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de juventud, incluyendo la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE). **2. CONTEXTO** La Constitución Española otorga a las Comunidades Autónomas competencias en materia de ocio y turismo, mientras que el Estado mantiene la exclusiva en relaciones internacionales. El Estatuto de Autonomía de Canarias establece la competencia exclusiva en deporte, ocio y esparcimiento. El Real Decreto 2798/1982 traspasó funciones de juventud a Canarias, excluyendo la TIVE. El Real Decreto 1358/1983 regula los traspasos de funciones a las comunidades autónomas. La Comisión Mixta, en su reunión del 30 de enero de 1995, decidió ampliar las funciones traspasadas, incluyendo la TIVE, lo que requiere su aprobación mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 286/1995, de 24 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, que establece la ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de juventud, incluyendo la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE). Este acuerdo fue adoptado el 30 de enero de 1995, y su aprobación requiere la intervención del Gobierno mediante Real Decreto. El Real Decreto 2798/1982, de 12 de agosto, traspasó funciones y servicios en materia de juventud a la Comunidad Autónoma de Canarias, pero no incluyó la TIVE. Por tanto, la TIVE seguía siendo una dependencia del Estado. El Real Decreto 1358/1983, de 20 de abril, establece las normas y procedimiento para los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a las comunidades autónomas. La Comisión Mixta, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía de Canarias, consideró oportuno ampliar las funciones traspasadas, incluyendo la TIVE, lo que requiere su aprobación mediante Real Decreto. En su reunión del 30 de enero de 1995, la Comisión Mixta adoptó el acuerdo que se incluye como anexo al Real Decreto. El Real Decreto 286/1995 establece que el acuerdo de la Comisión Mixta se aprueba mediante Real Decreto a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros. El artículo 1 del Real Decreto establece que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, que se adjunta como anexo. Además, el Real Decreto incluye una relación de personal laboral de la Oficina de Turismo Juvenil en Las Palmas y La Laguna, así como una relación de funcionarios y una valoración del coste efectivo de los servicios de turismo e intercambio juvenil (TIVE) que se traspasa a la Comunidad Autónoma de Canarias. El coste total de los servicios de TIVE que se traspasan a Canarias asciende a 14.793.496 pesetas, incluyendo retribuciones básicas y complementarias de funcionarios, retribuciones de personal laboral, cuota patronal a la Seguridad Social, arrendamientos, reparaciones y otros gastos. Este Real Decreto refleja la transferencia de competencias y recursos a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de juventud, con un enfoque en la promoción del turismo y el intercambio juvenil, dentro del marco constitucional y estatutario vigente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 286/1995 amplía las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de juventud, incluyendo la TIVE. Este traspaso se realiza en cumplimiento de los principios constitucionales y estatutarios vigentes. La norma establece un marco legal para la transferencia de competencias y recursos a la comunidad autónoma. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de funciones**: El Real Decreto amplía las funciones traspasadas a la Comunidad Autónoma de Canarias, incluyendo la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE). ⚠️ **Transferencia de competencias**: La Constitución y el Estatuto de Autonomía otorgan competencias a las comunidades autónomas en materia de ocio y turismo, mientras que el Estado mantiene la exclusiva en relaciones internacionales. 📋 **Procedimiento de traspaso**: El Real Decreto 1358/1983 establece el marco legal para los traspasos de funciones y servicios a las comunidades autónomas. ℹ️ **Coste de los servicios**: El Real Decreto incluye una valoración del coste efectivo de los servicios de TIVE que se traspasan a Canarias, con un total de 14.793.496 pesetas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 24 de febrero de 1995 - **Materias**: Juventud, turismo, administración pública, transferencia de competencias - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 286/1995, TIVE, Comunidad Autónoma de Canarias, transferencia de funciones, juventud, turismo, administración pública, Estatuto de Autonomía, Constitución Española ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la Comunidad Autónoma de Canarias ya había recibido traspasos en materia de juventud en 1982, pero sin incluir las funciones de la Oficina Nacional de Turismo e Intercambio de Jóvenes y Estudiantes (TIVE). La Constitución Española permite a las CCAA asumir competencias en ocio y turismo, mientras que el Estatuto de Canarias les otorga competencia exclusiva en deporte, ocio y esparcimiento. Este Real Decreto, aprobado por el Gobierno central a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, amplía esas competencias a Canarias, algo que otras CCAA podrían haber gestionado de forma distinta o aún no tener transferido. Para el ciudadano canario, esta ampliación significa una gestión más cercana y potencialmente más adaptada a sus necesidades específicas en materia de intercambio juvenil y turismo, facilitando el acceso a programas y recursos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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