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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 7 de marzo de 1995, por la que se amplia el plazo concedido a las entidades locales para la presentación de proyectos técnicos o el presupuesto, relativos a la reparación de los daños causados por lluvías torrenciales e inundaciones en sus servicios e instalaciones.

BOE-A-1995-7059Publicada: 22/03/1995MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 7 de marzo de 1995, por la que se amplia el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 7 de marzo de 1995, que ampliaba el plazo para la presentación de proyectos técnicos o presupuestos por parte de entidades locales afectadas por lluvias torrenciales e inundaciones. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1995 establecía un plazo extendido para la presentación de proyectos técnicos o presupuestos por entidades locales afectadas por lluvias torrenciales e inundaciones. Posteriormente, se detectaron errores en el texto oficial publicado en el «Boletén Oficial del Estado». Estos errores afectaban la inclusión de las Comunidades Autónomas en el ámbito de aplicación de la norma. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión corrige errores en la redacción de la Orden de 7 de marzo de 1995, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 58, de 9 de marzo de 1995. Los errores afectan la inclusión de las Comunidades Autónomas en el ámbito de aplicación de la Orden. En concreto, se corrige en la página 7777, en la parte expositiva de la Orden, donde se menciona que «... para que las Diputaciones Provinciales y Consejos Insulares remitiesen ...», debe decir: «... para que las Diputaciones Provinciales, Consejos Insulares y, en su caso, las Comunidades Autónomas remitiesen ...». Asimismo, en la misma página, donde se indica que «... concedido a las Diputaciones Provinciales y Consejos Insulares para la remisión ...», debe decir: «... concedido a las Diputaciones Provinciales, Consejos Insulares y, en su caso, las Comunidades Autónomas para la remisión ...». Estas correcciones son necesarias para garantizar que las Comunidades Autónomas sean consideradas en el ámbito de aplicación de la norma, lo que implica que, en su caso, también podrían estar sujetas a la ampliación del plazo establecido. La norma no modifica el contenido sustancial de la Orden original, sino que corrige errores de redacción que afectaban su correcta aplicación. La corrección se realiza en el marco de la regulación de la actividad de las entidades locales en materia de reparación de daños causados por fenómenos meteorológicos extremos. La norma se enmarca dentro del régimen jurídico de las entidades locales y su participación en la gestión de emergencias y catástrofes. La corrección de errores no implica un cambio en el plazo establecido, sino una precisión en la redacción de los sujetos que pueden beneficiarse de la ampliación del plazo. Por tanto, la norma se limita a corregir errores en la redacción de la Orden original, sin alterar su contenido jurídico fundamental. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la redacción de una Orden de 1995 que ampliaba el plazo para la presentación de proyectos técnicos o presupuestos por entidades locales afectadas por lluvias torrenciales e inundaciones. La corrección incluye la inclusión de las Comunidades Autónomas en el ámbito de aplicación de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en una Orden de 1995**: Se corrigen errores en la redacción de la Orden de 7 de marzo de 1995. ⚠️ **Inclusión de Comunidades Autónomas**: Se corrige la redacción para incluir a las Comunidades Autónomas en el ámbito de aplicación de la norma. 📋 **No modificación del plazo**: La norma no modifica el plazo establecido, sino que corrige errores en su redacción. ℹ️ **Relevancia en la gestión de emergencias**: La norma afecta a la gestión de daños causados por fenómenos meteorológicos extremos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de marzo de 1995 (publicación original), correción posterior - **Materias**: Entidades locales, emergencias, catástrofes, gestión de daños - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, plazo, entidades locales, lluvias torrenciales, inundaciones, Comunidades Autónomas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1995, que corrige errores en una orden previa sobre plazos para la presentación de proyectos de reparación de daños por inundaciones, surge en un contexto donde la gestión de catástrofes naturales recaía principalmente en las entidades locales, como Diputaciones Provinciales y Consejos Insulares. La corrección amplía la responsabilidad a las Comunidades Autónomas, equiparando la normativa estatal a un modelo de descentralización que ya se venía observando en otras CCAA y que se alinea con la tendencia europea de coordinación en la gestión de emergencias. Esta modificación es relevante para el ciudadano porque clarifica la estructura de responsabilidad y los canales de actuación administrativa ante desastres, facilitando la identificación de la administración competente para solicitar y gestionar ayudas, y agilizando así la respuesta y reparación de los daños sufridos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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