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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, por el que se reorganiza el Organismo autónomo Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo.

BOE-A-1995-8874Publicada: 12/04/1995Ministerio de la Presidencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, por el que se reorganiza el Organismo aut ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 451/1995, de 24 de marzo, reorganiza el Organismo autónomo Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo, modificando su estructura orgánica y normativa vigente para adaptarla a nuevas necesidades de gestión, investigación y cooperación internacional. 2. **CONTEXTO** El Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo fue creado en 1933 y ha sido reorganizado en varias ocasiones, incluyendo su declaración como Organismo autónomo en 1962 y su regulación actual en el Real Decreto 1795/1982. La necesidad de adaptar su estructura surge por la complejidad tecnológica y su participación en proyectos internacionales. La normativa vigente, incluyendo la Ley 42/1994 y el Real Decreto 1/1987, permite su reorganización. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 451/1995 establece una nueva estructura orgánica para el Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo, con el objetivo de mejorar su gestión, adaptación a la investigación científica y cooperación internacional. El texto modifica la normativa anterior, incluyendo el Real Decreto 1795/1982, y introduce nuevas disposiciones sobre ingresos, personal, Consejo Rector, y procedimientos de entrada en vigor. En materia de ingresos, el Real Decreto establece que el Canal podrá percibir recursos provenientes de diversas fuentes, como ingresos por servicios, licencias, patentes, venta de publicaciones, donaciones y otros recursos autorizados legalmente. Estos ingresos están regulados en el Capítulo III del Real Decreto, que detalla las fuentes de financiación del Organismo autónomo. En cuanto al personal, el artículo 12 establece que el Canal contará con relaciones de puestos de trabajo según la legislación vigente. Además, se incluyen disposiciones transitorias y derogatorias. La Disposición transitoria primera establece que los representantes del Patronato anterior integrarán el Consejo Rector sin necesidad de ratificación o nueva designación. La Disposición derogatoria única deroga el Real Decreto 1795/1982 y otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el nuevo Real Decreto. Las Disposiciones finales regulan aspectos como las modificaciones presupuestarias, la habilitación para desarrollo normativo y la entrada en vigor del Real Decreto. La entrada en vigor se establece para el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto también establece que el Ministerio de Economía y Hacienda efectuará las modificaciones presupuestarias necesarias, y el Ministro de Defensa podrá dictar disposiciones para el desarrollo del Real Decreto. Estas disposiciones reflejan una adaptación a la evolución normativa y a las necesidades del Organismo autónomo en el ámbito científico y tecnológico. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 451/1995 reorganiza el Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo, modificando su estructura orgánica y normativa vigente. Establece nuevas fuentes de ingresos, regula el personal y introduce disposiciones transitorias y derogatorias. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reorganización del Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo** ⚠️ **Derogación del Real Decreto 1795/1982** 📋 **Nuevas fuentes de ingresos y regulación del personal** ℹ️ **Entrada en vigor al día siguiente de su publicación** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 24 de marzo de 1995 - **Materias**: Organismos autónomos, investigación científica, gestión pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo, Organismo autónomo, reorganización, investigación científica, gestión pública ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1995, el Canal de Experiencias Hidrodinámicas de El Pardo ya existía, habiendo sido creado en 1933 y declarado organismo autónomo en 1962, dependiendo del Ministerio de Marina y posteriormente del de Defensa, con una estructura ya regulada en 1982. La normativa estatal sobre investigación científica y desarrollo tecnológico, como la Ley 13/1986, sentaba las bases generales. Este Real Decreto actualiza su estructura y adscripción dentro del Ministerio de Defensa, a diferencia de otras comunidades autónomas que podrían tener sus propios centros de investigación o no contar con una entidad tan específica. La aprobación recae en el Gobierno, a propuesta de varios ministerios, y la diferencia para el ciudadano radica en una gestión más adaptada a la complejidad tecnológica y a la participación internacional, buscando una mayor agilidad y eficacia en la investigación y asistencia técnica que ofrece. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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