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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 385/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de fundaciones.

BOE-A-1995-9506Publicada: 19/04/1995MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 385/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 385/1995, de 10 de marzo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para el traspaso de funciones y servicios relacionados con las fundaciones a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. **2. CONTEXTO** La Constitución Española, en su artículo 149.1, 1.ª y 8.ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de regulación de condiciones básicas para la igualdad de todos los españoles, así como en legislación civil. No obstante, las Comunidades Autónomas pueden desarrollar derechos civiles y forales. El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, en su artículo 31.1.24, otorga a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de fundaciones que desarrollen funciones principalmente en la región. El Real Decreto 1064/1983 establece el procedimiento para traspasos de funciones del Estado a la Comunidad Autónoma. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en 1995, que fue aprobado mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 385/1995, de 10 de marzo, establece el traspaso de funciones y servicios relacionados con las fundaciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Este traspaso se lleva a cabo en cumplimiento de la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, que otorga a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de fundaciones. El Real Decreto 1064/1983 regula el procedimiento para el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en su reunión del día 13 de febrero de 1995, que fue aprobado mediante Real Decreto. El Real Decreto 385/1995 aprueba este acuerdo, que concreta las funciones y servicios de la Administración del Estado que se traspasan a la Comunidad Autónoma. El acuerdo establece las funciones y servicios que se traspasan, así como los recursos humanos y materiales necesarios para su desarrollo. El Real Decreto también establece la asignación de personal laboral y la valoración del coste efectivo de los servicios traspasados. La valoración del coste efectivo incluye los costes periféricos y centrales de las fundaciones benéfico-asistenciales, laborales y docentes. El Real Decreto establece que el traspaso de funciones y servicios se realizará en cumplimiento de los principios de eficacia, eficiencia y transparencia. El Real Decreto también establece que el traspaso de funciones y servicios se realizará en coordinación con las Administraciones locales y con los organismos correspondientes. El Real Decreto establece que el traspaso de funciones y servicios se realizará en el marco de la normativa vigente y en cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia y rendición de cuentas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 385/1995, de 10 de marzo, aprueba el traspaso de funciones y servicios relacionados con las fundaciones a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Este traspaso se realiza en cumplimiento del Estatuto de Autonomía y del Real Decreto 1064/1983. El Real Decreto establece la asignación de personal laboral y la valoración del coste efectivo de los servicios traspasados. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones y servicios**: El Real Decreto 385/1995 aprueba el traspaso de funciones y servicios relacionados con las fundaciones a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. ⚠️ **Competencia exclusiva**: El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha otorga a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de fundaciones. 📋 **Procedimiento de traspaso**: El Real Decreto 1064/1983 regula el procedimiento para el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. ℹ️ **Valoración del coste efectivo**: El Real Decreto establece la valoración del coste efectivo de los servicios traspasados, incluyendo los costes periféricos y centrales de las fundaciones. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 10 de marzo de 1995 - **Materias**: Fundaciones, traspaso de funciones, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 385/1995, traspaso de funciones, fundaciones, Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Estatuto de Autonomía, coste efectivo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la competencia sobre fundaciones recaía principalmente en la Administración General del Estado, en virtud de las competencias exclusivas que la Constitución Española otorga al Estado en materia de legislación civil y condiciones básicas de igualdad. Si bien otras Comunidades Autónomas han ido asumiendo competencias similares en sus respectivos estatutos, este Real Decreto formaliza el traspaso específico a Castilla-La Mancha, alineándose con la tendencia general de descentralización, pero concretando la aplicación de la normativa estatal a nivel autonómico. La aprobación por el Gobierno central, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, y el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, legitiman esta transferencia. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque la gestión y supervisión de las fundaciones que operan en Castilla-La Mancha pasan a ser competencia de su propia Comunidad Autónoma, lo que puede agilizar trámites y adaptar la regulación a las necesidades locales, sin perjuicio de las bases estatales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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