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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 379/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de ferias internacionales.

BOE-A-1995-9500Publicada: 19/04/1995MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 379/1995, de 10 de marzo, sobre traspaso de funciones y servicios d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 379/1995, de 10 de marzo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de ferias internacionales, estableciendo su financiación y efectividad. 2. **CONTEXTO** El traspaso de funciones y servicios se produce en el marco de la transferencia de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, según el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. La Constitución Española establece que el Estado mantiene competencias exclusivas en materia aduanera, comercial y mercantil, pero también permite a las Comunidades Autónomas asumir funciones en ciertos ámbitos, siempre que se ajusten a normas estatales. El Real Decreto 1064/1983 regula el procedimiento de traspaso, y la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adopta el acuerdo que se aprueba en este Real Decreto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 379/1995, de 10 de marzo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de ferias internacionales. Este acuerdo se adoptó en la reunión de la Comisión Mixta del día 13 de febrero de 1995, y su aprobación por el Gobierno se realiza mediante este Real Decreto. El traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria quinta del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, que establece que la Comunidad Autónoma puede asumir funciones en materia de ferias internacionales, siempre que se ajusten a las normas reglamentarias que el Estado dicte en su legislación. De conformidad con el artículo 33.4 del Estatuto de Autonomía, la Comunidad Autónoma ejerce la función ejecutiva en dicha materia, dentro del marco legal estatal. El Real Decreto 1064/1983, de 13 de abril, establece el procedimiento para el traspaso de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas, y el presente Real Decreto se ajusta a dichas normas. En particular, el acuerdo de la Comisión Mixta prevé la financiación del traspaso, que se detalla en la relación número 1. El coste efectivo anual correspondiente a los servicios traspasados se calcula en 73.605 pesetas, según el valoración del coste efectivo de 1990. La financiación del coste efectivo se realizará mediante la consolidación en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado de los créditos relativos a los distintos componentes del coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos. Durante el período transitorio, hasta que el coste efectivo se compute para revisar el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, el coste total se financiará mediante la consolidación mencionada. Las posibles diferencias que se produzcan durante este período serán objeto de regularización al cierre del ejercicio económico, mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una Comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. En cuanto a la documentación y expediente de los servicios traspasados, no existen documentación ni expedientes en este traspaso. Finalmente, el traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día 1 de abril de 1995. El acuerdo se firma en Madrid el 13 de febrero de 1995, por los Secretarios de la Comisión Mixta, Marianela Berriatúa Fernández de Larrea y Francisco Pardo Piqueras. La relación número 1 detalla la valoración del coste efectivo correspondiente a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, según presupuesto 1995, y se incluye en la Sección 29 del Ministerio de Comercio y Turismo, con un coste total de 100.000 pesetas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 379/1995 establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de ferias internacionales. Se detalla la financiación y la fecha de efectividad del traspaso. El acuerdo se adopta en cumplimiento de las normas estatales y autonómicas vigentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones**: Se traspasan funciones y servicios en materia de ferias internacionales a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. ⚠️ **Competencias estatales**: El Estado mantiene competencias exclusivas en materia aduanera, comercial y mercantil, pero permite la transferencia de funciones a las Comunidades Autónomas. 📋 **Financiación**: El coste efectivo se financia mediante la consolidación en los Presupuestos Generales del Estado. ℹ️ **Fecha de efectividad**: El traspaso entra en vigor el 1 de abril de 1995. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 379/1995 - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 10 de marzo de 1995 - **Materias**: Administración pública, transferencia de funciones, ferias internacionales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: traspaso de funciones, Comunidad Autónoma, Castilla-La Mancha, ferias internacionales, financiación, presupuestos, Estado, autonomía ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1995, la competencia en materia de ferias internacionales recaía principalmente en la Administración General del Estado, en virtud de las competencias exclusivas constitucionales en comercio exterior y bases de la actividad económica. Este traspaso a Castilla-La Mancha se alinea con la tendencia de descentralización hacia las Comunidades Autónomas, aunque la normativa estatal y las directivas de la UE sobre comercio y promoción económica siguen siendo el marco general. A diferencia de otras CCAA que pudieron haber recibido transferencias similares en momentos distintos o con alcances diferentes, este Real Decreto aprueba específicamente un acuerdo para Castilla-La Mancha, formalizando la cesión de funciones ejecutivas. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque la gestión y promoción de ferias internacionales se acerca a su ámbito autonómico, facilitando potencialmente la participación y el acceso a información y ayudas más adaptadas a las necesidades regionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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