Orden de 11 de abril de 1995 por la que se modifica la de 24 de mayo de 1989 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de abril de 1995 por la que se modifica la de 24 de mayo de 1989 por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 11 de abril de 1995 modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra, aprobado en 1989, mediante la sustitución y supresión de varios apartados del anexo de dicha orden. En concreto, se modifica el apartado 4.1.2, que se sustituye por una nueva redacción que establece que los productores deberán proponer inicialmente a los Servicios Oficiales de Control los términos municipales y unidades menores territoriales donde pretenden efectuar la producción de patata de siembra. Asimismo, se modifica el apartado 4.1.3, que ahora permite la autorización de la producción de patata de consumo en determinados términos municipales o parajes autorizados para la producción de patata de siembra, siempre que se establezcan condiciones para garantizar la calidad de la patata de siembra. El apartado 4.1.6 se suprime, y se añade un nuevo apartado 5.2.8 que establece que, en caso de que los sacos de patata de siembra precintados oficialmente sean abiertos y sometidos a un nuevo precintado, éste no podrá efectuarse más que oficialmente o bajo control oficial, debiendo indicarse en la etiqueta oficial la fecha del último precintado y el organismo responsable. Por último, se modifica el apartado 8.1, que establece que los agricultores colaboradores de los productores no podrán vender su cosecha de patata de siembra más que a éstos, y los productores están obligados a retirar toda la patata de siembra producida por sus agricultores colaboradores que cumpla con los requisitos del Reglamento. La modificación de la normativa se justifica por la necesidad de adaptar el régimen jurídico vigente a las circunstancias actuales de producción y comercialización, así como a la Directiva 66/403/CE. La norma establece un marco regulatorio más claro y específico para garantizar la calidad y la trazabilidad de la patata de siembra, lo que es fundamental para la protección de los consumidores y la seguridad alimentaria. Además, se establece un control más estricto sobre la comercialización de la patata de siembra, con el fin de evitar prácticas que puedan comprometer su calidad o su certificación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1995 modifica el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra para adaptarlo a nuevas circunstancias productivas y comerciales, en cumplimiento de la Directiva europea. Establece un control más estricto sobre la producción, comercialización y certificación de la patata de siembra. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de normativa**: Se actualiza el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Patata de Siembra para adaptarlo a nuevas circunstancias. ⚠️ **Cumplimiento de la Directiva Europea**: La norma se ajusta a la Directiva 66/403/CE del Consejo. 📋 **Control de producción y comercialización**: Se establecen nuevas condiciones para garantizar la calidad y trazabilidad de la patata de siembra. ℹ️ **Retirada de patata de siembra**: Los productores están obligados a retirar la producción de sus agricultores colaboradores que cumplan con los requisitos del Reglamento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de control y certificación - **Fecha**: 11 de abril de 1995 - **Materias**: Agricultura, control sanitario, certificación de productos agrícolas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: patata de siembra, control, certificación, producción, comercialización, Directiva 66/403/CE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1995 modificó la normativa previa de 1989 sobre el control y certificación de la patata de siembra, buscando adaptar las reglas a las realidades de producción y comercialización. La normativa estatal, en este caso, se alineaba con la Directiva 66/403/CEE del Consejo, buscando armonizar criterios a nivel europeo. Las Comunidades Autónomas, como se menciona explícitamente, participaron en su elaboración, lo que sugiere un consenso en la adaptación de las reglas. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque asegura una mayor uniformidad en la calidad y trazabilidad de la patata de siembra, independientemente de la región española o incluso de otros países de la UE, facilitando el comercio y garantizando la sanidad vegetal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────