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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 21 de marzo de 1995 por las que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio de Justicia e Interior.

BOE-A-1995-9726Publicada: 21/04/1995MINISTERIO DE JUSTICIA E INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 21 de marzo de 1995 por las que se regula l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y redacción en la Orden de 21 de marzo de 1995, que regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio de Justicia e Interior. 2. **CONTEXTO** La Orden de 21 de marzo de 1995 establecía la estructura y funciones de diversos órganos colegiados del Ministerio de Justicia e Interior. Posteriormente, se detectaron errores en su redacción, que afectaban la claridad y precisión de las funciones asignadas a ciertos cargos y órganos. Para corregir estos errores, se emitió una nueva norma que incluye las rectificaciones necesarias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma en cuestión corresponde a una **Corrección de errores** emitida por el Ministerio de Justicia e Interior, con el objetivo de corregir errores tipográficos y redacción en la Orden de 21 de marzo de 1995. Estas correcciones afectan varios artículos y párrafos de dicha Orden, específicamente en la página 9061, 9062 y 9063 del Boletín Oficial del Estado (BOE) número 70 de 23 de marzo de 1995. En concreto, las rectificaciones incluyen: - **Artículo 4, apartado 2, línea 14**: Se corrige la redacción de la lista de funcionarios que componen el órgano colegiado, separando las menciones de los Subdirectores generales para mayor claridad. - **Artículo 4, apartado 2, línea 20**: Se añade que el Secretario del órgano colegiado debe ser designado por el Presidente, lo que establece una norma de procedimiento en la elección del cargo. - **Artículo 6, apartado 2, línea 9**: Se corrige la redacción de "Secretarios de Estado del Departamento" a "Secretarías de Estado del Departamento", para evitar ambigüedades en la denominación. - **Artículo 6, apartado 2, línea 18**: Se corrige la denominación de la Subdirección de Documentación y Publicaciones a "Subdirección General de Documentación y Publicaciones", y se añade la designación del Secretario por el Presidente. - **Artículo 7, apartado 4, línea 14**: Se corrige la denominación de la Subdirección de Personal a "Subdirección General de Personal", y se añade la designación del Secretario por el Presidente. - **Disposición derogatoria, línea 26**: Se corrige la denominación de la Comisión de Informática del Ministerio del Interior, añadiéndose la Comisión de Coordinación Estadística y Vigilancia del Plan del Ministerio del Interior. Estas correcciones son relevantes para la correcta aplicación de las normas que regulan la composición y funciones de los órganos colegiados del Ministerio de Justicia e Interior. La norma no introduce cambios sustanciales en el marco jurídico, sino que busca una mayor precisión en la redacción de los textos legales, lo cual es fundamental para la correcta interpretación y aplicación de las normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la redacción de la Orden de 1995, afectando varios artículos y párrafos. Estas correcciones buscan mayor claridad y precisión en la denominación de cargos y órganos colegiados. No introduce cambios sustanciales, pero es relevante para la correcta aplicación de las normas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores tipográficos y de redacción en la Orden de 1995. ⚠️ **Relevancia en la aplicación**: Aunque no cambia el marco legal, afecta la correcta interpretación de los cargos y órganos colegiados. 📋 **Citas exactas**: Se incluyen referencias específicas a artículos y párrafos afectados. ℹ️ **Naturaleza de la norma**: Es una corrección de errores, no una nueva norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 21 de marzo de 1995 (original), corregida posteriormente - **Materias**: Organización administrativa, órganos colegiados, Ministerio de Justicia e Interior - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la correcta aplicación de las normas administrativas) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1995, que corrige errores en una norma anterior de marzo del mismo año, se centra en la composición y funciones de órganos colegiados del Ministerio de Justicia e Interior. Previamente, la regulación de estos órganos se regía por la Orden original, y su corrección busca clarificar la estructura y responsabilidades internas. A nivel estatal, la normativa sobre organización ministerial es competencia exclusiva del Gobierno central, sin que existan normativas autonómicas específicas que regulen estos órganos internos del Ministerio. La aprobación recae en el propio Ministerio, y la ausencia de aprobación por otras CCAA no es relevante en este ámbito. Para el ciudadano, esta corrección de errores, aunque técnica, importa porque asegura la correcta atribución de funciones y la claridad en la toma de decisiones dentro de un ministerio clave, lo que indirectamente puede afectar la eficiencia y transparencia en la prestación de servicios públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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