Real Decreto 562/1995, de 7 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 562/1995, de 7 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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Por ello, el Real Decreto 562/1995 establece el traspaso de funciones en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria a la Comunidad Autónoma de Aragón. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 562/1995, de 7 de abril, establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria. Este traspaso se fundamenta en la Constitución Española, que en su artículo 149.1.13.ª, reserva al Estado la competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo, atribuye en su artículo 35.1.8 a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía. Además, el Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, establece las normas y el procedimiento a que deben ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a las comunidades autónomas. En este sentido, el Real Decreto 562/1995 se ajusta a dicha normativa, ya que establece el traspaso de funciones y servicios en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria, que hasta ahora venía desempeñando la Administración del Estado. El traspaso se lleva a cabo mediante el acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, que adoptó el acuerdo correspondiente en su sesión del Pleno celebrada el 15 de marzo de 1995. En virtud de este acuerdo, el Real Decreto 562/1995 establece que la Comunidad Autónoma de Aragón asume las funciones y servicios en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria. El Real Decreto 562/1995 se adopta en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de abril de 1995. El Real Decreto 562/1995 incluye como anexo el acuerdo de la Comisión Mixta, que detalla las funciones y servicios que se traspasan, así como los medios adscritos a los mismos. Además, el Real Decreto incluye un resumen de los costes periféricos y centrales asociados al traspaso, que se detallan en los anexos. En cuanto a los costes, el Real Decreto 562/1995 detalla que los costes periféricos ascienden a 43.805.932 pesetas en el Capítulo I y 6.294.780 pesetas en el Capítulo II. Los costes centrales ascienden a 7.534.955 pesetas en el Capítulo I y 4.000.000 pesetas en el Capítulo VI. El total del traspaso asciende a 61.635.667 pesetas. En resumen, el Real Decreto 562/1995 establece el traspaso de funciones y servicios en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento de los principios constitucionales y autonómicos vigentes, y en aplicación de la normativa que regula los traspasos de funciones entre el Estado y las comunidades autónomas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 562/1995 establece el traspaso de funciones y servicios en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria a la Comunidad Autónoma de Aragón. Este traspaso se fundamenta en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de Aragón. Además, se detalla el acuerdo de la Comisión Mixta y los costes asociados al traspaso. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones**: El Real Decreto 562/1995 traspasa funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria. ⚠️ **Normativa aplicable**: El traspaso se fundamenta en la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Aragón y el Real Decreto 3991/1982. 📋 **Acuerdo de la Comisión Mixta**: El traspaso se lleva a cabo mediante el acuerdo de la Comisión Mixta, adoptado en su sesión del Pleno del 15 de marzo de 1995. ℹ️ **Costes detallados**: El Real Decreto incluye un resumen de los costes periféricos y centrales asociados al traspaso, que ascienden a un total de 61.635.667 pesetas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 7 de abril de 1995 - **Materias**: Defensa contra fraudes, calidad agroalimentaria, traspaso de funciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 562/1995, traspaso de funciones, Comunidad Autónoma de Aragón, defensa contra fraudes, calidad agroalimentaria, Estatuto de Autonomía de Aragón, Constitución Española. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1995, las funciones de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria en Aragón eran ejercidas por la Administración General del Estado, en consonancia con la competencia estatal sobre las bases de la actividad económica. Este traspaso a Aragón, que ya poseía competencias exclusivas en agricultura y ganadería según su Estatuto de Autonomía, se alinea con la tendencia general de descentralización de competencias hacia las comunidades autónomas, si bien la normativa estatal y las directivas europeas siguen marcando el marco general. La aprobación de este traspaso por la Comisión Mixta y el Consejo de Ministros, y su posterior formalización, otorga a Aragón la capacidad de gestionar directamente estos aspectos, lo que importa al ciudadano al facilitar una respuesta más cercana y adaptada a las particularidades del sector agroalimentario aragonés, mejorando la agilidad en la aplicación de normativas y la resolución de incidencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────