Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial.

BOE-A-1995-13301Publicada: 02/06/1995Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial, existían normas estatales y de las Comunidades Autónomas (CCAA) que regulaban de forma dispersa la protección de la fauna y la actividad cinegética. La normativa estatal, principalmente el Real Decreto 1401/1993, establecía un marco general, pero las CCAA tenían autonomía para adaptarla a sus particularidades. Esta fragmentación generaba incoherencias y dificultades en la aplicación uniforme de las normas. La importancia de la Ley 7/1995 radica en su papel de consolidación y armonización de la regulación, estableciendo un marco común que facilita la cooperación entre niveles de gobierno y mejora la protección de la fauna silvestre.

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