Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrucción 2/2023, de 13 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre la presentación y gestión electrónica de las excusas presentadas por las personas designadas para integrar las Mesas electorales.

BOE-A-2023-9416Publicada: 18/04/2023Junta Electoral Central

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una instrucción de la Junta Electoral Central que regula cómo los ciudadanos designados para formar parte de una Mesa electoral pueden presentar sus excusas de forma electrónica, a través de una aplicación informática desarrollada por el Ministerio del Interior. **¿A quién afecta?** Afecta a los electores que hayan sido designados como miembros de una Mesa electoral y quieran presentar una excusa para no ejercer ese cargo. También afecta a las Juntas Electorales de Zona, que son las encargadas de tramitar esas excusas. **¿Qué cambia o establece?** Establece que las excusas se pueden presentar tanto en papel (mediante los impresos ya existentes) como por vía electrónica, usando la nueva aplicación informática. Las Juntas Electorales de Zona deberán utilizar esa misma aplicación para tramitar las excusas recibidas por cualquiera de las dos vías. Las resoluciones se firmarán con un sello electrónico oficial. Los datos personales aportados serán tratados de forma confidencial, usados exclusivamente para gestionar la excusa, y el ciudadano podrá solicitar acceso, rectificación o supresión de sus datos ante la Junta Electoral de Zona correspondiente.

💬 Contexto ciudadano

Antes de 2023, las excusas para no integrar una Mesa electoral se tramitaban exclusivamente mediante documentos impresos, requiriendo comparecencia física ante las Juntas Electorales de Zona. Esta Instrucción introduce la vía telemática, alineándose con la modernización administrativa que experimenta la Unión Europea desde las directivas de gobierno electrónico. Mientras otros países europeos avanzaban en digitalización electoral, España se mantenía rezagada en este aspecto específico. Al tratarse de competencia estatal, no existen variaciones por comunidades autónomas; la norma es uniforme nacionalmente. Su relevancia para el ciudadano radica en eliminar la obligación de desplazamiento físico, reduciendo costes de transacción y ampliando acceso especialmente para colectivos con movilidad limitada, simultáneamente incorporando garantías RGPD sobre confidencialidad y derechos sobre datos personales.

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