Real Decreto 737/1995, de 5 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 766/1992, de 26 de junio, sobre entrada y permanencia en España de nacionales de Estados miembros de las Comunidades Europeas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 737/1995, de 5 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 766/ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 737/1995 modifica el Real Decreto 766/1992 para adaptar el régimen de entrada y permanencia de nacionales de Estados miembros de las Comunidades Europeas en España a los nuevos marcos jurídicos, incluyendo el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el Tratado de Maastricht. **2. CONTEXTO** El Consejo de las Comunidades Europeas aprobó en 1991 el Reglamento CEE 2194/1991, que estableció un período transitorio para la libre circulación de trabajadores entre España y Portugal, y otras Directivas sobre el derecho de residencia. En 1994, España ratificó el Tratado de Maastricht, que introdujo cambios significativos en la estructura de la Unión Europea. Para adaptarse a estos cambios, se necesitaba actualizar el Real Decreto 766/1992, que regulaba la entrada y permanencia de ciudadanos europeos en España. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 737/1995 introduce modificaciones al Real Decreto 766/1992, con el objetivo de adaptar el régimen de entrada y permanencia de nacionales de Estados miembros de las Comunidades Europeas en España a los nuevos marcos jurídicos. Estas modificaciones se fundamentan en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, firmado en Oporto en 1992, y en el Tratado de Maastricht, firmado en 1992, que entró en vigor en España el 1 de enero de 1995. El Real Decreto 737/1995 establece que, a partir del 1 de enero de 1995, los nacionales de los nuevos Estados miembros de la Unión Europea, como Austria, Finlandia y Suecia, así como los nacionales de Liechtenstein, deberán cumplir con las normas establecidas en el Real Decreto 766/1992, en la redacción dada por este nuevo Real Decreto. Esto incluye la necesidad de obtener documentación oficial para la entrada y permanencia en España, aunque los titulares pueden optar por la documentación regulada en el Real Decreto 766/1992, previo pago de la correspondiente tasa. Además, el Real Decreto establece una disposición transitoria segunda que regula la aplicación normativa a los nacionales de Liechtenstein. Hasta el 1 de enero de 1998, los nacionales de Liechtenstein y sus familiares deberán aplicar el régimen previsto en la Ley Orgánica 7/1985 y su Reglamento de ejecución. A partir de esa fecha, si se cumplen los trámites necesarios para que el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tenga plenos efectos para Liechtenstein, se aplicará el régimen establecido en el Real Decreto 766/1992. El Real Decreto también incluye una disposición derogatoria única que deroga cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto. Por último, se establece una facultad de aplicación y desarrollo para los Ministros de Asuntos Exteriores, Justicia e Interior, Trabajo y Seguridad Social, y Asuntos Sociales, así como una disposición final segunda que establece que el Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 737/1995 modifica el régimen de entrada y permanencia de ciudadanos europeos en España para adaptarse a los nuevos marcos jurídicos. Establece normas sobre documentación, trámites y aplicación transitoria para ciertos países, como Liechtenstein. La derogación de disposiciones anteriores y la entrada en vigor del Real Decreto son aspectos clave. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del régimen de entrada y permanencia**: Se adapta a los nuevos marcos jurídicos, incluyendo el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. ⚠️ **Aplicación transitoria a Liechtenstein**: Hasta 1998, se aplica el régimen previo, y a partir de entonces, se aplican las nuevas normas si se cumplen los trámites. 📋 **Derogación de disposiciones anteriores**: Se elimina cualquier norma que se oponga al nuevo régimen. ℹ️ **Facultad de aplicación y desarrollo**: Se autoriza a los Ministros competentes para dictar disposiciones necesarias. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 737/1995 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 5 de mayo de 1995 - **Materias**: Libre circulación, entrada y permanencia, ciudadanía europea - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1995, la normativa principal que regulaba la entrada y permanencia de nacionales comunitarios en España era el Real Decreto 766/1992, el cual ya transponía directivas europeas como la 90/364/CEE sobre derecho de residencia. La presente modificación se hace necesaria para adaptar la legislación española al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que amplió el régimen de libre circulación a países como Austria, Finlandia y Suecia, y también para incorporar la Directiva 93/96/CEE sobre el derecho de residencia de estudiantes, que sustituyó a una directiva anterior declarada nula. Esta evolución normativa es crucial para el ciudadano porque garantiza la aplicación coherente de los derechos de libre circulación y residencia en un contexto europeo cada vez más integrado, asegurando que los nacionales de más países puedan beneficiarse de las mismas facilidades para residir y trabajar en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────