Acuerdo entre el Reino de España y Nueva Zelanda sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 8 de noviembre de 2022.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo bilateral firmado en Madrid el 8 de noviembre de 2022 entre España y Nueva Zelanda por el que ambos países se reconocen mutuamente los permisos de conducción nacionales y permiten su canje, es decir, que el permiso de un país pueda sustituirse por el del otro sin necesidad de realizar los exámenes de conducción desde cero. **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos españoles que residan legalmente en Nueva Zelanda y a los ciudadanos neozelandeses que residan legalmente en España, siempre que sean titulares de un permiso de conducción válido y en vigor expedido por su país de origen y cumplan la edad mínima exigida por el país de destino. **¿Qué cambia o establece?** El acuerdo permite conducir temporalmente en el otro país con el permiso propio, y una vez fijada la residencia legal, canjear ese permiso por el equivalente del nuevo país de residencia siguiendo una tabla de equivalencias entre categorías. El canje no exime de cumplir los trámites administrativos habituales de cada país (solicitud, certificado médico, tasa), y en caso de duda sobre la aptitud del conductor se podrá exigir una prueba teórica o práctica. Los datos personales intercambiados entre ambas administraciones deben usarse exclusivamente para los fines del acuerdo, respetando los derechos de acceso, rectificación y supresión. El acuerdo es de duración indefinida y cualquiera de las partes puede rescindirlo con un preaviso de 30 días por vía diplomática.
💬 Contexto ciudadano
Antes de este acuerdo de 2022, ciudadanos españoles y neozelandeses carecían de reconocimiento mutuo de permisos, obligando a superar nuevos exámenes al cambiar de residencia. Aunque España está integrada en el marco europeo que facilita el canje mediante la Directiva 2006/126/CE, Nueva Zelanda requería acuerdos bilaterales específicos, siguiendo el patrón internacional del Código de Viena de 1968. Este tratado es análogo a acuerdos que España mantiene con diversos países fuera de la UE, aunque menos frecuente con naciones del hemisferio sur. Para el ciudadano, la relevancia radica en suprimir barreras administrativas a la movilidad laboral y familiar, evitando el coste de nuevas pruebas teóricas y prácticas, facilitando la integración rápida entre ambos países.