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Corrección de errores del Real Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, de creación de determinadas entidades de derecho público.

BOE-A-1995-15180Publicada: 23/06/1995JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, de creación d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 5/2024 corrige errores en el texto del Real Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, de creación de determinadas entidades de derecho público, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 146 de 20 de junio de 1995. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 5/1995 estableció la creación de varias entidades de derecho público, con el objetivo de regular su organización y funcionamiento. Posteriormente, se identificaron errores en el texto original, que afectaban la precisión de los artículos y disposiciones. Para corregir estos errores, se aprobó el Real Decreto-ley 5/2024, que introduce rectificaciones en distintas páginas del Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 5/2024 corrige errores en el texto del Real Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, de creación de determinadas entidades de derecho público, publicado en el «Boletín Oficial del Estado», número 146, de 20 de junio de 1995. Las rectificaciones afectan a múltiples páginas y artículos, incluyendo: - **Página 18413, primera columna, sexto párrafo, décima línea**: Se corrige la frase «... así como a la nueva ordenación...» por «... junto con la nueva ordenación...». Esta corrección busca precisar la relación entre la nueva ordenación y otros elementos mencionados en el texto. - **Página 18414, primera columna, artículo 4, apartado 3, última línea**: Se modifica la frase «... no podrá ser inferior a una pesetas por sociedad.» por «... no podrá ser inferior a una peseta por sociedad.». Esta corrección corrige el uso incorrecto de la palabra «pesetas» en singular. - **Página 18416, primera columna, artículo 11, apartado 6, séptima línea**: Se corrige «... así como de la que pudiera generarse...» por «... así como de las que pudieran generarse...». Esta corrección ajusta el tiempo verbal para mantener la coherencia con el resto del texto. - **Página 18416, primera columna, artículo 12, apartado 1, segunda línea**: Se modifica «... en el artículo 11 anterior...» por «... en el artículo 10 anterior...». Esta corrección corrige una referencia incorrecta a un artículo previo. - **Página 18417, primera columna, disposición adicional única, apartado 3, última línea**: Se corrige «... por cualquiera de las entidades.» por «... por cualquiera de las entidades extinguidas, que no estén comprendidos en el apartado 5 siguiente. Estas obligaciones mantendrán la garantía del Estado en los mismos términos que las de la Hacienda Pública.». Esta corrección añade una explicación más detallada sobre las obligaciones de las entidades extinguidas. - **Página 18417, primera columna, disposición adicional única, apartado 6, quinta línea**: Se corrige «... y el Instituto Nacional de Hidrocarburos, ...» por «... y al Instituto Nacional de Hidrocarburos, ...». Esta corrección corrige el uso incorrecto de «el» en lugar de «al». - **Página 18417, primera columna, disposición transitoria primera, en el epígrafe, línea segunda**: Se corrige «... y del Instituto Nacional de Hidrocarburos...» por «... y al Instituto Nacional de Hidrocarburos...». Esta corrección ajusta el uso de «del» a «al». - **Página 18417, primera columna, disposición transitoria primera, apartado 2 c), tercera línea**: Se corrige «... Instituto Nacional de Industrial...» por «... Instituto Nacional de Industria...». Esta corrección corrige un error de ortografía. - **Página 18417, segunda columna, disposición derogatoria única, novena línea**: Se corrige «Decreto-ley 24/1970, de 24 de diciembre.» por «Decreto-ley 20/1970, de 24 de diciembre». Esta corrección corrige el número del Decreto-ley. - **Página 18418, anexo I, primera nota posterior al cuadro, primera línea**: Se corrige «... de la Ley 42/1944, acuerdo...» por «... de la Ley 42/1994, acuerdo...». Esta corrección corrige el año de la Ley. - **Página 18418, anexo II, columna Número de acciones, correspondiente a la empresa INI-Finance BV**: Se corrige «4.200» por «4.000». Esta corrección ajusta el número de acciones en la empresa. Estas rectificaciones son fundamentales para garantizar la precisión del texto legal y la coherencia entre las disposiciones vigentes. Algunas de las correcciones afectan a la redacción de frases, mientras que otras corrigen errores de ortografía o referencias incorrectas. La corrección de estas erratas es necesaria para mantener la integridad del derecho público y evitar confusiones en la aplicación de las normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 5/2024 corrige errores en el texto del Real Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, de creación de determinadas entidades de derecho público. Las rectificaciones afectan a múltiples páginas y artículos, incluyendo errores de redacción, ortografía y referencias. Estas correcciones son necesarias para mantener la precisión del derecho público. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: El Real Decreto-ley corrige errores en el texto original del Real Decreto-ley 5/1995. ⚠️ **Errores significativos**: Algunas correcciones afectan a la redacción y referencias de artículos clave. 📋 **Rectificaciones específicas**: Se incluyen correcciones en múltiples páginas, incluyendo errores de ortografía y referencias. ℹ️ **Relevancia**: Las correcciones son necesarias para mantener la integridad del derecho público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley 5/2024 - **Tipo**: Rectificación - **Fecha**: 2024 - **Materias**: Derecho público, entidades de derecho público, normativa de creación de entidades - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto-ley, corrección de errores, entidades de derecho público, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto-ley de 1995, en su origen, buscaba establecer nuevas entidades de derecho público a nivel estatal, una competencia que recae en el Gobierno central. La normativa actual, que corrige errores de aquel texto original, no altera el fondo de la creación de dichas entidades, sino que perfecciona su redacción para evitar ambigüedades o imprecisiones técnicas. A diferencia de normativas autonómicas que podrían regular entidades de ámbito regional, este real decreto-ley tiene alcance nacional. La importancia para el ciudadano radica en la claridad y precisión de la ley, asegurando que las disposiciones sobre estas entidades, que pueden afectar a servicios o regulaciones de interés público, se apliquen de forma correcta y sin lugar a interpretaciones erróneas, garantizando así la seguridad jurídica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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