Real Decreto 839/1995, de 30 de mayo, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados al Principado de Asturias en materia de conservación de la naturaleza.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 839/1995, de 30 de mayo, sobre ampliación de los medios adscritos a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 839/1995, de 30 de mayo, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Administración del Estado y el Principado de Asturias, que amplía los medios adscritos a los servicios traspasados en materia de conservación de la naturaleza. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1357/1984, de 8 de febrero, estableció el traspaso de funciones y servicios relacionados con la conservación de la naturaleza al Principado de Asturias. Sin embargo, ciertos medios no se incluyeron en dicho traspaso. El Real Decreto 1707/1982, de 24 de julio, regula el procedimiento para los traspasos de funciones y servicios. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía para Asturias, adoptó un acuerdo en mayo de 1995 para ampliar los medios necesarios, lo cual requirió su aprobación mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 839/1995, de 30 de mayo, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Administración del Estado y el Principado de Asturias, que amplía los medios adscritos a los servicios traspasados en materia de conservación de la naturaleza. Este acuerdo fue adoptado en la reunión de la Comisión Mixta del día 4 de mayo de 1995, y su aprobación por el Gobierno se realizó mediante este Real Decreto. El Real Decreto 1357/1984, de 8 de febrero, aprobó el Acuerdo del Pleno de la Comisión Mixta que estableció el traspaso de funciones y servicios, incluyendo los medios adscritos a los mismos, en materia de conservación de la naturaleza. Sin embargo, ciertos medios no se incluyeron en dicho traspaso, lo que generó la necesidad de su efectivo traspaso al Principado de Asturias para garantizar el desarrollo de las funciones asumidas. El Real Decreto 1707/1992, de 24 de julio, establece las normas y el procedimiento para los traspasos de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias. Según este real decreto, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Asturias, debe adoptar acuerdos sobre los traspasos, los cuales deben ser aprobados por el Gobierno mediante Real Decreto. En consecuencia, la Comisión Mixta adoptó el acuerdo en cuestión, y el Real Decreto 839/1995 lo aprueba. El acuerdo establece que se traspasan determinados medios necesarios para el desarrollo de las funciones y servicios asumidos por el Principado de Asturias. El acuerdo incluye una serie de disposiciones relativas al traspaso de medios, entre ellos: - **Vehículos**: se traspasa un vehículo Citröen AX con matrícula 9752-F, matriculado el 18 de junio de 1990. - **Personal funcionario**: se transfiere personal funcionario, entre ellos Bernardo Alcol Martín, con cargo de técnico en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales, y Antonio Fernández Fernández, con cargo de auxiliar de oficina. - **Documentación y expedientes**: la entrega de la documentación y expedientes de los medios traspasados se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto. - **Fecha de efectividad**: la ampliación de medios tendrá efectividad a partir del 1 de septiembre de 1995. Además, se detalla el coste del traspaso del ICONA (Instituto de Conservación de la Naturaleza y la Agricultura), que asciende a 6.799.924 pesetas, distribuidas en gastos de personal y gastos corrientes en bienes y servicios. El Real Decreto 839/1995 se expide en Madrid el 4 de mayo de 1995, y se firma por las Secretarias de la Comisión Mixta, Rosa Rodríguez Pascual y Violeta González Fernández. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 839/1995 aprueba el traspaso de medios necesarios al Principado de Asturias en materia de conservación de la naturaleza. Se incluyen vehículos, personal funcionario y documentación, con efectividad desde el 1 de septiembre de 1995. El traspaso se realiza conforme a los procedimientos establecidos en el Real Decreto 1707/1982. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de medios necesarios**: Se amplían los medios adscritos a los servicios traspasados en materia de conservación de la naturaleza. ⚠️ **Procedimiento legal**: El traspaso se realiza conforme a los procedimientos establecidos en el Real Decreto 1707/1982. 📋 **Documentación y expedientes**: La entrega de la documentación se realizará en un mes desde la publicación del Real Decreto. ℹ️ **Costes del traspaso**: El coste total asciende a 6.799.924 pesetas, distribuidas en gastos de personal y gastos corrientes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones y servicios - **Fecha**: 4 de mayo de 1995 - **Materias**: Conservación de la naturaleza, traspaso de funciones, servicios públicos - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto de 1995 formaliza la ampliación de medios adscritos a los servicios de conservación de la naturaleza traspasados al Principado de Asturias, complementando un traspaso inicial de 1984 que no incluyó todos los recursos necesarios. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pudieron haber recibido dotaciones más completas desde el inicio, o de la normativa estatal que mantenía la competencia directa, esta norma específica busca subsanar una deficiencia en la transferencia a Asturias, aprobada por la Comisión Mixta de Transferencias y el Consejo de Ministros. Para el ciudadano asturiano, esta diferencia importa porque asegura que las administraciones autonómicas dispongan de los medios adecuados para ejecutar eficazmente las políticas de conservación de la naturaleza en su territorio, garantizando así una mejor protección del medio ambiente y el acceso a servicios públicos de calidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────