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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 13 de julio de 1995 de organización y funciones de la Agencia Industrial del Estado.

BOE-A-1995-17057Publicada: 14/07/1995MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de julio de 1995 de organización y funciones de la Agencia Industria ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 13 de julio de 1995 establece la organización y funciones de la Agencia Industrial del Estado, regulando los órganos rectores (Presidente y Consejo de Administración), la creación del Consejo Territorial, su composición, funciones y funcionamiento, así como la entrada en vigor de la norma. 2. **CONTEXTO** La Orden surge como desarrollo reglamentario del Real Decreto-ley 5/1995, que crea entidades de derecho público, entre ellas la Agencia Industrial del Estado. Este Real Decreto-ley encomienda al desarrollo reglamentario la determinación de la estructura y régimen de funcionamiento de la Agencia. La Orden busca regular las funciones de los órganos rectores y establecer mecanismos de participación de las Comunidades Autónomas en la gestión de la Agencia. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 13 de julio de 1995 regula la organización y funciones de la Agencia Industrial del Estado, en cumplimiento del Real Decreto-ley 5/1995, de 16 de junio, que encomienda al desarrollo reglamentario la determinación de su estructura y régimen de funcionamiento. En concreto, la Orden establece que los órganos rectores de la Agencia son el Presidente y el Consejo de Administración, siendo el Presidente también el Presidente del Consejo de Administración. El Consejo Territorial, órgano de participación de las Comunidades Autónomas, está compuesto por Vocales designados por el Ministro de Industria y Energía, a propuesta de las Comunidades Autónomas. Estos Vocales deben representar empresas dependientes de la Agencia que se localicen en establecimientos de transformación o producción industrial. El Consejo Territorial se reúne al menos una vez al semestre y puede constituir grupos de trabajo, invitando a responsables de políticas industriales y Presidentes de sociedades participadas por la Agencia. Las funciones del Consejo Territorial incluyen la evaluación del cumplimiento de los Programas de Actuación, Inversiones y Financiación de las empresas adscritas a la Agencia, así como la elaboración de informes sobre el impacto de planes de reconversión y reindustrialización. Estos informes se presentan en el Consejo Territorial a través de los Vocales que representen a la Comunidad Autónoma correspondiente. La Orden se fundamenta en el artículo 8 del Real Decreto-ley 5/1995, que permite al Consejo de Administración determinar aspectos de la estructura y funciones de la Agencia, y en el artículo 14.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957. La flexibilidad en la regulación de la Agencia se justifica por la necesidad de adaptarse a las particularidades regionales y por la vinculación de las empresas adscritas con el interés regional, protegido constitucional y estatutariamente por las Comunidades Autónomas. La entrada en vigor de la Orden se produce el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La norma establece un marco de organización y participación que refleja la necesidad de coordinación entre la Administración central y las Comunidades Autónomas en la gestión de la Agencia Industrial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1995 establece la organización y funciones de la Agencia Industrial del Estado, incluyendo el Consejo Territorial como órgano de participación de las Comunidades Autónomas. La norma se fundamenta en el Real Decreto-ley 5/1995 y en la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, garantizando la participación regional en la gestión de la Agencia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Organización de la Agencia**: Se establecen los órganos rectores (Presidente y Consejo de Administración) y el Consejo Territorial como órgano de participación. ⚠️ **Participación regional**: Las Comunidades Autónomas participan a través de Vocales en el Consejo Territorial, reflejando su vinculación con las empresas adscritas. 📋 **Funciones del Consejo Territorial**: Incluyen la evaluación de programas de actuación y la elaboración de informes sobre impacto de planes de reconversión. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de julio de 1995 - **Materias**: Administración pública, industria, Comunidades Autónomas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Agencia Industrial del Estado, Consejo Territorial, Comunidades Autónomas, Real Decreto-ley 5/1995, participación regional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1995, la estructura y funciones de la Agencia Industrial del Estado no estaban detalladamente definidas, remitiéndose su desarrollo reglamentario al Real Decreto-ley 5/1995. Esta normativa estatal, que crea la Agencia, se diferencia de enfoques autonómicos que podrían haber establecido organismos similares con competencias específicas en sus territorios, y se alinea con la tendencia europea de crear entidades públicas para la gestión de sectores industriales estratégicos. La Orden fue aprobada por el Ministro para las Administraciones Públicas, con la intervención del Ministerio de Industria y Energía, y la creación del Consejo Territorial asegura la participación de las Comunidades Autónomas, algo que no siempre se garantiza en estructuras similares de otras regiones o en normativas estatales previas. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que la implicación autonómica puede traducirse en políticas industriales más adaptadas a las realidades regionales y en una mayor cercanía en la defensa de intereses territoriales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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