Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/360/2023, de 11 de abril, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público «Inauguración de la Galería de las Colecciones Reales».

BOE-A-2023-9096Publicada: 13/04/2023MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una Orden Ministerial de abril de 2023 que crea un órgano administrativo interministerial encargado de gestionar el programa de apoyo a la inauguración de la Galería de las Colecciones Reales, un evento declarado de excepcional interés público por los Presupuestos Generales del Estado de 2023. Este órgano se integra en el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y no supone ningún coste adicional para las arcas públicas. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a las entidades —empresas, fundaciones u otras organizaciones— que deseen apoyar económicamente la inauguración de la Galería de las Colecciones Reales y quieran beneficiarse de las deducciones fiscales previstas por la ley de mecenazgo. También afecta a los representantes ministeriales que formarán parte del órgano gestor, en particular al Ministerio de Hacienda y Función Pública, cuya representación tiene voto obligatorio en las certificaciones. **¿Qué cambia o establece?** La orden crea formalmente ese órgano colegiado, fija su composición (presidencia a cargo de la Gerencia del Patrimonio Nacional, vocalías del Ministerio de Hacienda y de varias direcciones del Patrimonio Nacional) y le asigna dos funciones concretas: certificar que los gastos realizados se ajustan a los objetivos del programa, y aprobar los planes y actividades del acontecimiento. El programa de apoyo tiene vigencia desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, y los beneficios fiscales aplicables son los máximos permitidos por la Ley 49/2002 de mecenazgo.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 49/2002 de mecenazgo ya permitía deducciones fiscales para proyectos culturales, pero esta orden materializa por primera vez un órgano administrativo específico para certificar gastos en un evento singular, lo que acelera la aprobación de desgravaciones. Mientras algunas comunidades autónomas han desarrollado regímenes propios de incentivo cultural más autónomos, la fórmula estatal privilegia la concentración de competencias en Patrimonio Nacional bajo supervisión del Ministerio de Hacienda, garantizando máximas deducciones permitidas por ley. Esta estructura responde al modelo de apoyo a grandes eventos culturales característico de la UE, pero sin la descentralización que practican otros miembros. Para el ciudadano importa porque reduce la carga fiscal del patrocinador privado, abaratando el coste para Patrimonio Nacional de financiar la inauguración, aunque concentra decisiones en órganos estatales sin participación territorial.

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