Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 208/2023, de 28 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 638/2019, de 8 de noviembre, por el que se establecen las condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera de animales vivos, productos para la alimentación de animales de producción y subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, y se crea el Registro nacional de centros de limpieza y desinfección.

BOE-A-2023-9095Publicada: 13/04/2023MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 208/2023, de 28 de marzo, modifica la normativa que regula los centros donde se limpian y desinfectan los vehículos que transportan animales vivos, piensos y subproductos animales por carretera. También deroga una orden antigua sobre el control de subproductos animales en la cadena cárnica que había quedado obsoleta. **¿A quién afecta?** Afecta a los transportistas de animales por carretera, a los operadores de centros de limpieza y desinfección de vehículos, y a los titulares de mataderos, que están obligados a contar con instalaciones de este tipo. También tiene implicaciones para el sector ganadero en general y para quienes gestionan subproductos animales no destinados al consumo humano. **¿Qué cambia o establece?** La norma facilita la creación de nuevos centros de limpieza y desinfección y permite que los ya existentes se adapten a los nuevos requisitos con ciertas excepciones. Elimina la obligación de que determinados viajes de bajo riesgo se realicen dentro de la misma comunidad autónoma para que el certificado de limpieza tenga validez, teniendo en cuenta las zonas limítrofes entre regiones. Reconoce como mataderos de bajo riesgo los establecimientos de manipulación de caza, los mataderos móviles y los ubicados en las islas Baleares y Canarias. Además, regula los llamados vehículos autodesinfectantes, que pueden realizar la desinfección durante el propio trayecto, aunque la limpieza sigue siendo obligatoria en un centro autorizado. Por último, pone en marcha de forma efectiva el Registro Nacional de Centros de Limpieza y Desinfección (RECELIDE), sistema informático que sustituye al antiguo certificado en papel.

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 208/2023 moderniza un marco regulatorio que ha estado vigente desde 2019, pero con cambios sustanciales respecto al sistema anterior basado en certificados de limpieza en papel y restricciones territoriales más rígidas. Mientras que el RD 638/2019 exigía que los transportes de bajo riesgo se realizaran dentro de la misma comunidad autónoma para la validez del certificado, esta reforma elimina esa barrera geográfica, facilitando la circulación interautonómica. A nivel europeo, el cambio se alinea con directivas de seguridad alimentaria y bienestar animal que favorecen la digitalización y la armonización de requisitos sanitarios. La creación del Registro Nacional Informatizado de Centros de Limpieza y Desinfección (RECELIDE) representa un salto hacia la administración digital, eliminando el sistema de papel que existía. Para el ciudadano y las empresas ganaderas y transportistas, esta reforma reduce costes logísticos, simplifica trámites burocráticos y permite una circulación más eficiente de productos de origen animal garantizando simultáneamente mayores estándares de seguridad alimentaria e higiene veterinaria, beneficiando tanto a productores como a consumidores finales.

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