Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de fundaciones.

BOE-A-1995-17685Publicada: 22/07/1995MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, que establecía el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de fundaciones. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 830/1995 fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 160, de 6 de julio de 1995. En su texto, se detectó una errata en la página 20536, segunda columna, apartado D), párrafo a), segunda línea. Esta errata afectaba la precisión del contenido referido al traspaso de funciones en materia de fundaciones. La corrección busca garantizar la exactitud del texto legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, establecía el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de fundaciones. Dicha norma fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 160, de 6 de julio de 1995. Posteriormente, se detectó una errata en el texto original, que afectaba la precisión del contenido. La errata se encontraba en la página 20536, segunda columna, apartado D), párrafo a), segunda línea, donde se mencionaba: «... sobre las funciones...», en lugar de «... sobre las fundaciones...». Esta corrección es fundamental para evitar malentendidos en la aplicación de la norma. La errata se corrigió mediante la transcripción del texto rectificado, que se publicó en el mismo «Boletín Oficial del Estado» para garantizar la precisión y la vigencia legal. La corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que solo corrige un error tipográfico o de redacción. Esta acción responde a la necesidad de mantener la integridad y la claridad de la normativa vigente, especialmente en materia de transferencia de competencias entre niveles de gobierno. La errata afectaba la correcta interpretación de la norma, por lo que su corrección es relevante para garantizar la aplicación correcta de las funciones transferidas a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. La norma en cuestión se enmarca en el marco de la transferencia de competencias a las comunidades autónomas, un tema central en el sistema de autonomía territorial en España. La corrección del error en el texto legal refleja la importancia de la precisión en la redacción de normas jurídicas, especialmente cuando se trata de transferencias de funciones que implican responsabilidades y competencias específicas. La errata no introduce cambios en la estructura o en la finalidad de la norma, sino que solo corrige un error de redacción que podría haber generado confusiones en su aplicación. Por tanto, la corrección del error es una medida de precisión y claridad, sin alterar el contenido jurídico fundamental del Real Decreto. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, que afectaba la precisión del traspaso de funciones en materia de fundaciones. La corrección no modifica el contenido sustancial, sino que garantiza la claridad y la exactitud del texto legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige un error en el texto del Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo. ⚠️ **Impacto limitado**: La corrección no modifica el contenido sustancial, solo la precisión del texto. 📋 **Publicación en Boletín Oficial**: La errata se corrige mediante la transcripción del texto rectificado en el mismo Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Relevancia en materia de transferencia de funciones**: La corrección refleja la importancia de la precisión en la normativa de transferencia de competencias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errata - **Fecha**: 6 de julio de 1995 (publicación original), correción posterior - **Materias**: Transferencia de funciones, fundaciones, autonomía territorial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 830/1995, errata, traspaso de funciones, fundaciones, Castilla y León, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto, en su origen, formalizaba el traspaso de competencias estatales a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de fundaciones, un proceso común en la descentralización española que permitía a las CCAA gestionar aspectos de su ámbito territorial. La corrección de erratas, aunque mínima, es relevante porque asegura la precisión terminológica en un documento que define el marco competencial, diferenciándose de otras CCAA que pudieron haber recibido o no estas competencias en momentos distintos o bajo regulaciones específicas. Para el ciudadano, esta distinción importa porque determina ante qué administración debe dirigirse para trámites y supervisión de fundaciones en Castilla y León, garantizando así la seguridad jurídica y la agilidad administrativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →