Corrección de errores del Real Decreto 798/1995, de 19 de mayo, por el que se define los criterios y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca, de la acuicultura y de la comercialización, la transformación y la promoción de sus productos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 798/1995, de 19 de mayo, por el que se de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 798/1995, de 19 de mayo, se corrige para corregir errores en su texto, con el fin de garantizar la correcta aplicación de los criterios y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca, acuicultura y comercialización, transformación y promoción de sus productos. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 798/1995 establece los criterios y condiciones para las intervenciones estructurales en el sector pesquero y acuicultor. Dicha norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 154, de 29 de junio de 1995. Durante su aplicación, se detectaron errores en el texto original que afectaban la correcta interpretación de los artículos y anexos. Por ello, se emitió un Real Decreto de corrección de errores para corregir dichas inexactitudes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 798/1995, de 19 de mayo, se corrige mediante la corrección de errores en su texto, con el objetivo de garantizar la correcta aplicación de los criterios y condiciones establecidos para las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca, acuicultura y comercialización, transformación y promoción de sus productos. La corrección se efectúa mediante la rectificación de tres errores específicos: - En la página 19605, segunda columna, artículo 59, apartado 3, cuarta línea, donde dice: «(IFOP)», debe decir: «(POP)». Esta corrección corrige una errata en la denominación de una organización o institución mencionada en el texto. El uso incorrecto de la sigla «IFOP» en lugar de «POP» podría generar confusiones en la aplicación de los criterios establecidos en el artículo 59, apartado 3. La corrección permite una interpretación precisa de la norma. - En la página 19613, anexo I, primera columna, donde dice: «I Baremos...», y sus apartados 1, 2, 3 y 4, deben entenderse referidos a la clasificación: «1 Baremos...», con los apartados 1.1, 1.2, 1.3 y 1.4, respectivamente. Esta corrección modifica la estructura de los baremos incluidos en el anexo I, con el fin de que se refieran correctamente a la clasificación «1 Baremos...». La redacción original era ambigua y podía generar malentendidos sobre la aplicación de los criterios de clasificación. La corrección establece una jerarquía clara entre los apartados, facilitando su aplicación en la práctica. - En la página 19613, anexo I, segunda columna, donde dice: «II Niveles...», y sus apartados 1 y 2, deben entenderse referidos a la clasificación: «2 Niveles...», con los apartados 2.1 y 2.2, respectivamente. Esta corrección establece una relación clara entre los niveles de clasificación y sus apartados. La redacción original era confusa, lo que podía afectar la correcta aplicación de los criterios establecidos en el anexo I. La corrección permite una interpretación precisa y una aplicación uniforme de los niveles de clasificación. Estas correcciones son fundamentales para garantizar la coherencia y la aplicabilidad de la norma, evitando malentendidos que podrían afectar la correcta aplicación de las intervenciones estructurales en el sector pesquero y acuicultor. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 798/1995 se corrige para corregir errores en su texto, con el objetivo de garantizar la correcta aplicación de los criterios y condiciones establecidos. Las correcciones afectan a tres puntos específicos del texto, incluyendo la corrección de siglas y la reestructuración de anexos. Estas correcciones son necesarias para mantener la coherencia y la aplicabilidad de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores en el texto del Real Decreto 798/1995** ⚠️ **Errores afectan la correcta interpretación de los criterios y condiciones establecidos** 📋 **Correcciones incluyen cambios en siglas y reestructuración de anexos** ℹ️ **La norma se aplica en el sector de la pesca, acuicultura y comercialización de productos marinos** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 19 de mayo de 1995 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Sector pesquero, acuicultura, comercialización, transformación, promoción de productos marinos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 798/1995, corrección de errores, sector pesquero, acuicultura, normativa estructural ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto, de ámbito nacional y aprobado por el Gobierno central, corrige errores formales en una normativa previa de 1995 que establecía criterios para ayudas estructurales en pesca y acuicultura. La norma original, que buscaba alinear la política pesquera española con las directivas europeas de la época, ya existía y su corrección no altera su contenido sustancial, sino que clarifica su aplicación. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener desarrollos específicos, esta corrección afecta a la interpretación y aplicación uniforme en todo el territorio español. Para el ciudadano, estas rectificaciones son importantes porque aseguran la correcta aplicación de las ayudas y subvenciones, evitando confusiones y garantizando la seguridad jurídica en el acceso a los fondos destinados al sector. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────