Resolución de 12 de septiembre de 1995, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 8/1995, de 4 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes de mejora del aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 12 de septiembre de 1995, del Congreso de los Diputados, por la qu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Congreso de los Diputados resuelve convalidar el Real Decreto-ley 8/1995, que establece medidas urgentes para mejorar el aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 8/1995 fue aprobado el 4 de agosto de 1995 con el objetivo de mejorar la gestión del agua en el trasvase Tajo-Segura. Dicha norma fue objeto de debate y revisión por parte del Congreso de los Diputados. La convalidación fue aprobada en sesión del 12 de septiembre de 1995, con el fin de darle efectividad legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución del Congreso de los Diputados de 12 de septiembre de 1995 convalida el Real Decreto-ley 8/1995, de 4 de agosto de 1995, que introduce medidas urgentes para mejorar el aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura. La convalidación se realiza en cumplimiento del artículo 86.2 de la Constitución Española, que establece que el Congreso de los Diputados puede convalidar normas decretadas en estado de necesidad o urgencia, siempre que se respeten los principios constitucionales. El Real Decreto-ley 8/1995, aprobado en estado de necesidad, establece medidas destinadas a optimizar el uso del agua en el sistema de trasvase Tajo-Segura, con el fin de garantizar el abastecimiento de agua a la Comunidad de Madrid y otras zonas afectadas. La norma incluye disposiciones sobre la gestión de los recursos hídricos, la coordinación entre las administraciones públicas y la protección del medio ambiente. La Resolución del Congreso de los Diputados confirma que el Real Decreto-ley 8/1995 no vulnera los principios constitucionales ni las garantías fundamentales, y que su contenido se ajusta a los principios de legalidad, proporcionalidad y necesidad. Se establece que la convalidación se realiza con el fin de garantizar la aplicación efectiva de las medidas urgentes necesarias para la gestión del agua en el trasvase Tajo-Segura. La Resolución también establece que el Real Decreto-ley 8/1995 se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» para su conocimiento general, y que su aplicación se regirá por las normas vigentes en materia de gestión hídrica. Se menciona que el texto del Real Decreto-ley se adjunta a la Resolución para su consulta y cumplimiento. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución del Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley 8/1995, que introduce medidas urgentes para mejorar el aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura. La convalidación se realiza en cumplimiento de la Constitución Española. La norma se publica para su conocimiento general. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Convalidación del Real Decreto-ley**: El Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley 8/1995, que establece medidas urgentes para mejorar el aprovechamiento del trasvase Tajo-Segura. ⚠️ **Cumplimiento constitucional**: La convalidación se realiza en cumplimiento del artículo 86.2 de la Constitución Española. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» para su conocimiento general. ℹ️ **Objeto de la norma**: El Real Decreto-ley busca optimizar el uso del agua en el trasvase Tajo-Segura. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución del Congreso de los Diputados - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 12 de septiembre de 1995 - **Materias**: Gestión hídrica, trasvase Tajo-Segura, convalidación de normas - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 1995, la gestión del trasvase Tajo-Segura ya estaba regulada, pero este Real Decreto-ley introdujo mejoras urgentes en su aprovechamiento, buscando optimizar un recurso hídrico vital para la cuenca del Segura. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que gestionan sus propios recursos hídricos de forma más descentralizada, esta normativa de ámbito nacional, aprobada por el Congreso de los Diputados, evidencia la importancia estratégica y la complejidad de la gestión de un trasvase que afecta a múltiples territorios. La convalidación por parte del legislador subraya la necesidad de un consenso político para abordar cuestiones hídricas de gran envergadura, y para el ciudadano, estas medidas significan una garantía de mayor seguridad en el suministro de agua, fundamental para la agricultura, el abastecimiento urbano y el desarrollo económico de las zonas receptoras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────