Corrección de errores de la Orden de 1 de agosto de 1995 por la que se establecen el Reglamento y las normas de régimen interior de la Comisión Interministerial para los Productos de Construcción.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 1 de agosto de 1995 por la que se establece ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y de redacción en la Orden de 1 de agosto de 1995, que establece el Reglamento y las normas de régimen interior de la Comisión Interministerial para los Productos de Construcción. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1 de agosto de 1995 fue publicada en el Boletán Oficial del Estado (BOE) número 190, de fecha 10 de agosto de 1995, páginas 24933 y 24934. Esta norma establecía el Reglamento y las normas de régimen interior de la Comisión Interministerial para los Productos de Construcción. Posteriormente, se detectaron errores en el texto de dicha Orden, que afectaban la precisión y coherencia de su redacción. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 1 de agosto de 1995, publicada en el BOE número 190, de 10 de agosto de 1995, páginas 24933 y 24934. Los errores afectan la redacción de diversos elementos de la Orden, incluyendo el título, los artículos segundo, cuarto, quinto, noveno y otros. La corrección se realiza mediante la transcripción de las rectificaciones en el mismo Boletín Oficial del Estado, con el fin de garantizar la precisión y coherencia de la norma. En el título de la Orden, última línea, se corrige la redacción de «... para los Productos de la Construcción» por «... para los Productos de Construcción». Esta corrección busca eliminar la falta de artículo «la» en la denominación de la Comisión. En el artículo segundo, 1.ª y 2.ª líneas, se corrige la redacción de «... Comisión Interministerial para Productos de Construcción...» por «... Comisión Interministerial para los Productos de Construcción...». Esta corrección se realiza para mantener la coherencia en la redacción de la denominación de la Comisión. En el artículo cuarto, cuarto párrafo, apartado b), líneas 4.ª y 5.ª, se corrige la redacción de «Dos de la Secretaría General para las Infraestructuras del Transporte Terrestre» por «Dos de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Obras Públicas». Esta corrección se realiza para actualizar la denominación de la dependencia gubernativa mencionada. En el artículo quinto, punto b), 4.ª línea, se corrige la redacción de «del CIPC...» por «de la CIPC...». Esta corrección busca eliminar la falta de artículo «la» en la denominación de la Comisión. En el artículo noveno, líneas 1.ª, 2.ª y líneas 2.ª y 3.ª del segundo párrafo, se corrige la redacción de «... Comisión Interministerial de Productos de Construcción...» por «... Comisión Interministerial para los Productos de Construcción...». Esta corrección se realiza para mantener la coherencia en la denominación de la Comisión. En el artículo noveno, 2.º párrafo, líneas 5.ª y 6.ª, se corrige la redacción de «... Comité de la Construcción...» por «... Comité Permanente de la Construcción...». Esta corrección busca actualizar la denominación del Comité mencionado. Estas correcciones son fundamentales para garantizar la precisión de la norma, así como para evitar confusiones en la interpretación de los términos utilizados en el texto de la Orden. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado como una corrección de errores, sin introducir cambios sustanciales en el contenido de la Orden original. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la redacción de la Orden de 1 de agosto de 1995, publicada en el BOE. Las correcciones afectan diversos elementos de la norma, incluyendo el título, los artículos segundo, cuarto, quinto, noveno y otros. La norma se publica como una corrección de errores, sin alterar el contenido sustancial de la Orden original. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores tipográficos y de redacción en la Orden de 1 de agosto de 1995. ⚠️ **Impacto en la redacción**: Las correcciones afectan la coherencia y precisión de la norma. 📋 **Publicación en el BOE**: Las correcciones se publican en el Boletín Oficial del Estado como una norma de corrección. ℹ️ **No alteración sustancial**: No se introducen cambios en el contenido sustancial de la Orden original. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 10 de agosto de 1995 - **Materias**: Administrativo, Reglamentación, Corrección de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Corrección de errores, Orden Ministerial, Reglamento, Comisión Interministerial, Productos de Construcción ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1995, que corrige errores de una orden anterior sobre la Comisión Interministerial para los Productos de Construcción, se enmarca en un contexto nacional de regulación técnica de materiales. Previamente, la normativa estatal buscaba armonizar criterios para la seguridad y calidad en la construcción, a menudo alineándose con directivas europeas que establecían requisitos mínimos. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propios desarrollos o adaptaciones, esta orden es de aplicación estatal. La aprobación recae en el Ministerio correspondiente, y la corrección de errores, aunque técnica, es relevante para el ciudadano al asegurar la correcta identificación y funcionamiento de los órganos de control y la terminología oficial, evitando ambigüedades que podrían afectar la interpretación de las normativas de seguridad y calidad de los productos de construcción. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────