Real Decreto-leyNacionalvigente

Orden de 20 de noviembre de 1995 por la que se dictan disposiciones para el desarrollo del Real Decreto-ley 9/1995, de 8 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las recientes inundaciones en la provincia de Guadalajara.

BOE-A-1995-25374Publicada: 23/11/1995MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de noviembre de 1995 por la que se dictan disposiciones para el desa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 20 de noviembre de 1995 establece medidas de actuación especial en zonas afectadas por inundaciones en la provincia de Guadalajara, facilitando la restauración de infraestructuras y la clasificación de obras como emergencias para su ejecución. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 9/1995, de 8 de septiembre, adopta medidas urgentes para reparar los daños causados por inundaciones en Guadalajara. La Orden de 1995 desarrolla dichas medidas, otorgando al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación facultades para declarar zonas de actuación especial y obras de emergencia. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 20 de noviembre de 1995, publicada en el Boletín Oficial del Estado, desarrolla el Real Decreto-ley 9/1995, de 8 de septiembre, que estableció medidas urgentes para reparar los daños causados por inundaciones en la provincia de Guadalajara. En el artículo 1, se declaran zonas de actuación especial en los municipios mencionados en la Orden del Ministerio de Justicia e Interior de 28 de septiembre de 1995. Estas zonas se aplican en las condiciones establecidas en el artículo 3 de dicha Orden. Además, se declaran obras de emergencia en las cuencas hidrográficas afectadas, incluyendo reparaciones de la red viaria forestal y obras de conservación de suelos. En el artículo 2, se clasifica el tipo de obras que pueden considerarse de interés general, como encauzamiento de cauces, obras de riego, reparación de caminos rurales y reposición de equipamiento. También se incluyen obras de restauración de fincas cuando la pérdida de superficie agrícola sea superior al 50 por ciento. Estas obras se consideran de emergencia, conforme al artículo 73 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de contratos de las Administraciones Públicas y concordantes del Reglamento General de Contratación. El artículo 7 del Real Decreto-ley 9/1995 establece que las obras, servicios, adquisiciones o suministros de reparación de infraestructura y equipamiento, cualquiera que sea su cuantía, tendrán la consideración de obras de emergencia. Esto facilita su ejecución con procedimientos acelerados y sin necesidad de cumplir con los requisitos normales de contratación. La Orden de 1995 se basa en el proyecto presentado a la Comisión Interministerial creada por el Real Decreto-ley 9/1995, según el apartado 2 del artículo 11 de dicho Real Decreto-ley. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. La Orden se emite en virtud de la autorización otorgada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en cumplimiento del artículo 3.2 del Real Decreto-ley 9/1995, que le otorga la facultad de declarar zonas de actuación especial y obras de emergencia. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1995 desarrolla el Real Decreto-ley 9/1995, otorgando al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación facultades para declarar zonas de actuación especial y obras de emergencia. Estas medidas facilitan la restauración de infraestructuras y la clasificación de obras como emergencias, acelerando su ejecución. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Facultades del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación**: Se otorga la facultad de declarar zonas de actuación especial y obras de emergencia. ⚠️ **Clasificación de obras como emergencias**: Las obras de reparación de infraestructura y equipamiento se consideran de emergencia, acelerando su ejecución. 📋 **Procedimiento de declaración**: La determinación de los municipios afectados se realiza mediante la Orden del Ministerio de Justicia e Interior. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 20 de noviembre de 1995 - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 20 de noviembre de 1995 - **Materias**: Inundaciones, restauración de infraestructuras, contratación pública, agricultura - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: inundaciones, emergencia, contratación pública, restauración de infraestructuras, zonas de actuación especial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden, el Real Decreto-ley 9/1995 ya establecía medidas urgentes para paliar los daños de las inundaciones en Guadalajara, facultando al Ministerio de Agricultura para declarar zonas de actuación especial y obras de emergencia. Esta normativa estatal se alinea con la necesidad de respuestas rápidas ante catástrofes, algo que directivas europeas también promueven en materia de protección civil y gestión de riesgos. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener un enfoque más específico o preventivo, esta orden concreta la aplicación de un real decreto-ley de ámbito nacional, aprobado por el Gobierno central. La diferencia es crucial para el ciudadano afectado, ya que esta orden detalla qué territorios se consideran "zonas de actuación especial" y qué obras de restauración son declaradas de emergencia, agilizando así la recepción de ayudas y la ejecución de trabajos de reparación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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