Orden de 2 de noviembre de 1995 por la que se amplia, con carácter provisional, la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas de Estados Unidos de América.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 2 de noviembre de 1995 por la que se amplia, con carácter provisional, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 2 de noviembre de 1995 amplía, con carácter provisional, la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas originarias de Estados Unidos de América, hasta el 1 de enero de 1996. 2. **CONTEXTO** Esta norma surge como respuesta a la necesidad de adaptar la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a nuevas circunstancias internacionales. La Ley 11/1988 ya establecía un marco inicial, pero se requería una modificación para incluir a Estados Unidos. El Real Decreto 2162/1994 había establecido una protección provisional hasta el 1 de julio de 1995, pero se necesitaba una extensión. La Decisión 95/237/CE del Consejo de la Unión Europea permitió ampliar esta protección hasta el 1 de enero de 1996. La Orden de 1995 se fundamenta en esta decisión y en la habilitación legal previa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 2 de noviembre de 1995 se basa en la disposición final tercera de la Ley 11/1988, de 3 de mayo, que autoriza al Gobierno a modificar el artículo 3.3 de dicha ley para ampliar la protección a personas originarias de terceros países o territorios que no pertenezcan a la Comunidad Europea y que no se beneficien de la protección, cuando así se establezca por los órganos de las Comunidades Europeas. Además, se refiere al Real Decreto 2162/1994, de 4 de noviembre, que modificó el artículo 2.1 del Real Decreto 2068/1993, de 26 de noviembre, ampliando la protección a Estados Unidos de América y a determinados territorios, pero limitada hasta el 1 de julio de 1995. La Decisión 95/237/CE del Consejo de la Unión Europea, de 29 de junio de 1995, amplió esta protección hasta el 1 de enero de 1996. La Orden de 1995 se fundamenta en esta decisión y en la habilitación legal previa contenida en la disposición final primera del Real Decreto 2162/1994, que permite al Ministro de Industria y Energía ampliar la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores, a que se refiere el artículo 2.1 del Real Decreto 2068/1993, hasta fecha posterior a la prevista en el citado precepto. Esta habilitación cubre el territorio de Estados Unidos comprendido en esta Orden. En virtud de lo anterior, la Orden dispone que se amplía, hasta el 1 de enero de 1996, el derecho a la protección jurídica a las personas naturales o jurídicas que sean nacionales o tengan su residencia habitual en Estados Unidos de América. La protección provisional se extiende por Decisiones del Consejo de Ministros de la Unión Europea, siendo previsible que se adopten nuevas Decisiones con este objetivo. La Orden establece que la protección se extiende hasta el 1 de enero de 1996, en cumplimiento de la Decisión 95/237/CE. La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1995 amplía la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas originarias de Estados Unidos de América, en cumplimiento de la Decisión 95/237/CE. La protección es provisional y se extiende hasta el 1 de enero de 1996. La norma se fundamenta en la Ley 11/1988 y en la habilitación legal previa. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de protección**: La Orden amplía la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas originarias de Estados Unidos de América. ⚠️ **Carácter provisional**: La protección es temporal y se extiende por Decisiones del Consejo de Ministros de la Unión Europea. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en la Ley 11/1988 y en la Decisión 95/237/CE del Consejo de la Unión Europea. ℹ️ **Vigencia**: La protección se extiende hasta el 1 de enero de 1996. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial, Nacional - **Tipo**: Orden de 2 de noviembre de 1995 - **Fecha**: 2 de noviembre de 1995 - **Materias**: Propiedad intelectual, topografías de productos semiconductores, protección jurídica - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: protección jurídica, topografías, productos semiconductores, Estados Unidos, Unión Europea, Ley 11/1988, Decisión 95/237/CE. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1995, la protección jurídica de las topografías de productos semiconductores para nacionales de Estados Unidos estaba limitada provisionalmente hasta el 1 de julio de 1995, según el Real Decreto 2162/1994. Esta medida se basaba en la Ley 11/1988 y buscaba armonizar la protección con las decisiones de la Unión Europea, que a su vez ampliaron dicha protección hasta el 1 de enero de 1996 mediante la Decisión 95/237/CE. La diferencia es crucial para el ciudadano estadounidense, ya que esta Orden ministerial, aprobada por el Ministro de Industria y Energía en virtud de la habilitación legal y las decisiones europeas, le otorga seguridad jurídica y la posibilidad de proteger sus innovaciones en semiconductores en España hasta la fecha indicada, evitando la indefensión o la pérdida de derechos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────