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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1326/1995, de 28 de julio, por el que se regula el etiquetado energético de frigoríficos congeladores y aparatos combinados electrodomésticos.

BOE-A-1995-24104Publicada: 08/11/1995MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 1326/1995, de 28 de julio, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1326/1995, de 28 de julio, corrige un error en el texto de su propia publicación en el Boletín Oficial del Estado, relacionado con la redacción del apartado 2.IV del anexo I del Real Decreto. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1326/1995 establece normas sobre el etiquetado energético de frigoríficos, congeladores y aparatos combinados electrodomésticos. Durante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, se detectó un error en la redacción del anexo I, específicamente en el apartado 2.IV. Este error afecta la correcta interpretación de la norma en cuanto a la posibilidad de incluir el símbolo de la etiqueta ecológica comunitaria en la etiqueta energética. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1326/1995, de 28 de julio, corrige un error en su texto publicado en el Boletín Oficial del Estado, número 135, de 12 de septiembre. El error se encontraba en el anexo I, en el apartado 2.IV, titulado «Notas a la etiqueta». La redacción original contenía una ambigüedad o falta de claridad en la referencia a la etiqueta ecológica comunitaria. La corrección establece que, en el caso de que el aparato haya obtenido una etiqueta ecológica comunitaria, de conformidad con el Reglamento (CEE) número 880/1992 del Consejo, una reproducción del símbolo de la etiqueta ecológica concedida (la flor) podrá colocarse en la etiqueta energética. La corrección se basa en la necesidad de clarificar el régimen de inclusión del símbolo de la etiqueta ecológica en la etiqueta energética, garantizando que se respeten los requisitos establecidos en el sistema comunitario de concesión de etiqueta ecológica. La norma establece que, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el sistema comunitario de concesión de etiqueta ecológica, el símbolo de la etiqueta ecológica puede incluirse en la etiqueta energética si el aparato ha obtenido dicha etiqueta. Esta corrección no modifica el contenido general del Real Decreto, sino que corrige una redacción errónea que podría haber generado confusiones en la interpretación de la norma. La norma se aplica a los aparatos mencionados y se rige por el Reglamento (CEE) número 880/1992 del Consejo, que establece las condiciones para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria. La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado, número 135, de 12 de septiembre, y se incorpora al texto oficial del Real Decreto. Esta corrección es relevante para los operadores económicos que fabrican, comercializan o ponen en circulación los aparatos mencionados, ya que garantiza la correcta aplicación de las normas de etiquetado energético y ecológico. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1326/1995 corrige un error en su redacción, relacionado con la inclusión del símbolo de la etiqueta ecológica comunitaria en la etiqueta energética. La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado y no modifica el contenido general de la norma, sino que asegura su correcta interpretación. La corrección es relevante para el sector de electrodomésticos y la regulación de etiquetado energético. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de error en el texto del Real Decreto 1326/1995. ⚠️ Error afecta la redacción del apartado 2.IV del anexo I. 📋 Corrección publicada en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ Se refiere a la inclusión del símbolo de la etiqueta ecológica comunitaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado, número 135, de 12 de septiembre - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 28 de julio de 1995 (publicación original), 12 de septiembre de 1995 (corrección) - **Materias**: Etiquetado energético, electrodomésticos, etiqueta ecológica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: etiquetado energético, Real Decreto 1326/1995, etiqueta ecológica, Reglamento (CEE) 880/1992, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta corrección, el Real Decreto 1326/1995 ya establecía el etiquetado energético para electrodomésticos, alineándose con la normativa europea de la época, como el Reglamento (CEE) 880/1992 sobre la etiqueta ecológica comunitaria. Esta rectificación, aprobada a nivel estatal por el Gobierno español, aclara la posibilidad de incluir la reproducción del símbolo de la etiqueta ecológica comunitaria en el etiquetado nacional, sin perjuicio de los requisitos comunitarios. La diferencia es relevante para el ciudadano porque le permite identificar de forma más clara y unificada aquellos aparatos que cumplen con criterios de sostenibilidad ambiental reconocidos a nivel europeo, facilitando así decisiones de compra más informadas y responsables. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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