Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1953/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece las funciones y se actualiza la composición del Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura.

BOE-A-1995-27264Publicada: 19/12/1995Ministerio de la Presidencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1953/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece las funciones ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1953/1995 establece las funciones y actualiza la composición del Comité Nacional para las relaciones entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). 2. **CONTEXTO** El Comité Nacional FAO fue creado por el Decreto conjunto de los Ministerios de Asuntos Exteriores y Agricultura de 19 de enero de 1951, y su estructura fue modificada posteriormente por varios decretos. El Real Decreto 2196/1976 fue el último que reorganizó el comité. Desde entonces, los cambios en la Administración General del Estado y en la FAO han requerido una actualización de su composición. Por ello, el Real Decreto 1953/1995 se emitió para adaptar el comité a las nuevas realidades institucionales y funcionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1953/1995 regula las funciones y la estructura del Comité Nacional FAO, con el objetivo de garantizar una mejor coordinación entre el Gobierno español y la FAO. El comité está integrado por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario y el Consejo Ejecutivo, que incluye a los Ministros competentes y otros representantes de organismos oficiales. En el artículo 1, se detallan las funciones del comité, entre las que se incluyen: asesorar a los ministerios sobre cuestiones relacionadas con la FAO, preparar instrucciones para las delegaciones españolas en conferencias de la organización, mantener el enlace entre los organismos oficiales y la FAO, y coordinar los departamentos ministeriales en materias relacionadas con la FAO. En el artículo 2, se establece la estructura del comité, que incluye al Presidente, al Vicepresidente, al Secretario y al Consejo Ejecutivo. El Consejo Ejecutivo está compuesto por los Ministros competentes, así como por representantes de organismos oficiales. Además, el Real Decreto establece que el Comité Ejecutivo podrá organizar tres grupos de trabajo, correspondientes a los tres capítulos principales del programa de labores y presupuestos de la FAO: programas técnicos y económicos, programas de apoyo al desarrollo y programas de cooperación técnica. Cada grupo de trabajo estará presidido por un miembro del Consejo Ejecutivo y constará de un máximo de cinco miembros. Estos grupos podrán constituir comisiones temporales para fines concretos, determinando su composición y facultades. Los grupos de trabajo tienen funciones específicas, entre ellas el estudio de los programas de la FAO dentro de su competencia, la propuesta de la formación de comisiones para temas técnicos relacionados con la agricultura, pesca y la alimentación, el estudio del orden del día de las reuniones convocadas por la FAO y la revisión de los informes emitidos por las delegaciones que asistan a dichas reuniones. En la Disposición adicional única, se establece que el Comité Nacional FAO se regirá por las normas del capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En la Disposición derogatoria única, se menciona que queda derogado el Real Decreto 2196/1976, de 10 de agosto, por el que se reorganizó el Comité Nacional Español para la FAO. Finalmente, en la Disposición final única, se establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1953/1995 actualiza las funciones y la estructura del Comité Nacional FAO, con el objetivo de mejorar la coordinación entre el Gobierno español y la FAO. Establece un marco legal claro y define las responsabilidades del comité, así como su organización interna y mecanismos de trabajo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de la estructura del Comité Nacional FAO** ⚠️ **Derogación del Real Decreto 2196/1976** 📋 **Definición clara de funciones y organización interna** ℹ️ **Aplicación de normas generales de régimen jurídico de las Administraciones Públicas** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1953/1995 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 1 de diciembre de 1995 - **Materias**: Relaciones internacionales, agricultura, alimentación, organización internacional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comité Nacional FAO, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, coordinación internacional, régimen jurídico de las Administraciones Públicas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1995, la regulación del Comité Nacional para las relaciones con la FAO se remontaba a un Decreto de 1951, con modificaciones posteriores en 1952, 1954 y una reorganización en 1976. A diferencia de normativas autonómicas o directivas europeas que podrían abordar aspectos más específicos de la alimentación o la agricultura a nivel regional o comunitario, este Real Decreto se centra en la estructura y funciones de un comité nacional para la coordinación con un organismo internacional. La aprobación recae en el Gobierno central, a través de los Ministerios de Asuntos Exteriores y Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación del Consejo de Ministros. Esta diferencia es relevante para el ciudadano porque garantiza un punto de contacto oficial y coordinado entre España y la FAO, facilitando la implementación de políticas y la recepción de información relevante en materia de alimentación y agricultura, lo que puede impactar en la seguridad alimentaria, la calidad de los productos y el desarrollo del sector. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →