Real Decreto 1395/1995, de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas y financiación a la construcción naval.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1395/1995, de 4 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 4 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1395/1995 modifica el Real Decreto 442/1994 para adaptar las condiciones de financiación a la construcción naval a la nueva normativa europea, especialmente en relación con la prohibición de conceder préstamos subvencionados para la construcción de plataformas de perforación y unidades similares. 2. **CONTEXTO** La Séptima Directiva de la Unión Europea (90/684/CEE), sobre ayudas a la construcción naval, fue prorrogada sucesivamente hasta 1995. En 1994, se aprobó el Real Decreto 442/1994, que regulaba las ayudas en España. Dicha norma se mantuvo vigente hasta 1995 por la prórroga de la Directiva. Sin embargo, la Comisión Europea comunicó que no se podrían conceder préstamos subvencionados para ciertos tipos de construcción naval, lo que requirió una modificación del Real Decreto 442/1994. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1395/1995, de 4 de agosto de 1995, modifica el Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo de 1994, sobre primas y financiación a la construcción naval. Esta modificación se realiza en virtud de la necesidad de adaptar las condiciones de financiación a la nueva normativa europea, en particular, a la comunicación de la Comisión Europea que prohibe la concesión de préstamos subvencionados para la construcción de plataformas de perforación y unidades similares. En concreto, el Real Decreto 1395/1995 modifica el artículo 11 del Real Decreto 442/1994, que establecía las condiciones de financiación para los préstamos concedidos a los armadores nacionales o a los domiciliados en la Unión Europea. La redacción del artículo 11 se modifica para limitar su aplicación a las construcciones y transformaciones indicadas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 442/1994. La modificación se realiza mediante el artículo único del Real Decreto 1395/1995, que establece que las condiciones de financiación contenidas en el capítulo correspondiente se aplicarán a los préstamos que se concedan a los armadores nacionales o a los domiciliados en la Unión Europea para las construcciones y transformaciones indicadas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 442/1994. La disposición final única establece que el Real Decreto 1395/1995 entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma se emitió en Palma de Mallorca el 4 de agosto de 1995, y fue firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba. La modificación del Real Decreto 442/1994 se realiza con la intención de adaptar la normativa nacional a las directivas europeas, especialmente a la Séptima Directiva, que fue prorrogada hasta 1995. La norma se basa en la necesidad de cumplir con las restricciones impuestas por la Comisión Europea sobre la concesión de préstamos subvencionados para ciertos tipos de construcción naval. Esta modificación refleja la evolución de la normativa europea en materia de ayudas a la construcción naval y la necesidad de adaptar la legislación nacional a los nuevos marcos regulatorios. La norma se aplica a los armadores nacionales y extranjeros en la Unión Europea, y limita la aplicación de las condiciones de financiación a las construcciones y transformaciones específicas indicadas en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 442/1994. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1395/1995 modifica el Real Decreto 442/1994 para adaptar las condiciones de financiación a la nueva normativa europea. La modificación se realiza en virtud de la prohibición de conceder préstamos subvencionados para ciertos tipos de construcción naval. El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del Real Decreto 442/1994**: Se adapta a la nueva normativa europea. ⚠️ **Prohibición de préstamos subvencionados**: Para plataformas de perforación y unidades similares. 📋 **Aplicación limitada**: Solo a construcciones y transformaciones indicadas en artículos 6 y 7. ℹ️ **Vigencia**: Entrada en vigor el día siguiente a su publicación en el B.O.E. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1395/1995 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 4 de agosto de 1995 - **Materias**: Construcción naval, financiación, ayudas públicas - **Relevancia**: ALTA - **Nota**: Esta norma es relevante por su conexión con la regulación europea en materia de ayudas a la construcción naval y por su impacto en la política de financiación en el sector marítimo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto de 1995 surge como una adaptación nacional a la normativa europea, específicamente a la Séptima Directiva sobre ayudas a la construcción naval, que ha sido prorrogada hasta finales de ese año. Previamente, el Real Decreto 442/1994 ya regulaba estas ayudas en España, habiendo sido aprobado por la Comisión Europea para 1994. La modificación actual responde a una comunicación de la Comisión que restringe la concesión de préstamos subvencionados para plataformas de perforación. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que afecta directamente a las condiciones de financiación disponibles para armadores, tanto españoles como de la Unión Europea, para la construcción y transformación de buques, impactando la competitividad del sector naval nacional frente a otros estados miembros que puedan tener regulaciones distintas o no verse afectados por la misma restricción. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────