Orden de 11 de diciembre de 1995 por la que se crea la Agencia Nacional Española para la Aplicación del Programa Comunitario «La Juventud con Europa».
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de diciembre de 1995 por la que se crea la Agencia Nacional Española ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 11 de diciembre de 1995 crea la Agencia Nacional Española para la Aplicación del Programa Comunitario «La Juventud con Europa», con el objetivo de coordinar su implementación con las Administraciones de las Comunidades Autónomas y con el Consejo de la Juventud de España. **2. CONTEXTO** La Decisión 818/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, de 14 de marzo de 1995, estableció el programa «La Juventud con Europa», con el fin de fomentar el desarrollo de intercambios y actividades en el ámbito de la juventud en la Unión Europea. Para su adecuada ejecución, los Estados miembros debían adoptar medidas nacionales. La Orden de 1995 establece la creación de la Agencia Nacional Española como órgano encargado de su gestión y coordinación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 11 de diciembre de 1995, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece la creación de la Agencia Nacional Española del Programa «La Juventud con Europa». Esta Agencia tiene como finalidad coordinar la aplicación del programa con las Administraciones de las Comunidades Autónomas y con el Consejo de la Juventud de España. La Orden se basa en la Decisión 818/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que estableció el programa «La Juventud con Europa», con medidas como Acción A, B, C, D y E, destinadas a fomentar el desarrollo de intercambios y actividades en el ámbito de la juventud. Según el artículo 5.1 de dicha Decisión, los Estados miembros deben adoptar medidas para mantener y consolidar las estructuras nacionales. Para garantizar esta coordinación, la Orden establece que la Agencia Nacional Española desarrollará funciones necesarias para la aplicación de las medidas del programa, incluyendo la evaluación periódica de su desarrollo y aplicación en España. Además, se establece la creación de una Comisión Técnica, compuesta por personal del Instituto de la Juventud, responsables en las Comunidades Autónomas y un representante del Consejo de la Juventud de España. La Comisión Técnica tendrá funciones como determinar criterios para la gestión del programa, siguiendo las orientaciones generales de la Comisión Europea y las líneas de actuación establecidas por el Consejo Rector de la Agencia. También elaborará el plan anual de trabajo de la Agencia. La Secretaría Administrativa de la Agencia quedará adscrita al Asesor técnico de Europa del Instituto de la Juventud, y gestionará los recursos aportados por el Instituto de la Juventud y los provenientes de la Comisión Europea. Además, será responsable de la coordinación con la Comisión Europea y las demás Agencias Nacionales. La Orden se ajusta a lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La Agencia entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1995 crea la Agencia Nacional Española del Programa «La Juventud con Europa» para su coordinación y gestión. La Agencia se estructura con una Comisión Técnica y una Secretaría Administrativa, y su funcionamiento se rige por la Ley 30/1992. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor al día siguiente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Agencia Nacional Española**: Para coordinar la aplicación del Programa «La Juventud con Europa». ⚠️ **Coordinación con Comunidades Autónomas y Consejo de la Juventud**: Para garantizar su adecuada ejecución. 📋 **Estructura de la Agencia**: Incluye Comisión Técnica y Secretaría Administrativa. ℹ️ **Base legal**: Se rige por la Ley 30/1992 y la Decisión 818/95/CE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de creación de órgano público - **Fecha**: 11 de diciembre de 1995 - **Materias**: Juventud, cooperación europea, administración pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Agencia Nacional Española, Programa «La Juventud con Europa», Comunidades Autónomas, Consejo de la Juventud, Ley 30/1992. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1995, la gestión del programa comunitario "La Juventud con Europa" carecía de una estructura nacional unificada y coordinada. Si bien la Decisión europea establecía la necesidad de que los Estados miembros mantuvieran y consolidaran sus estructuras nacionales, la implementación en España se realizaba de manera menos centralizada. Esta Orden, aprobada por el Ministro para las Administraciones Públicas tras acuerdo con las Comunidades Autónomas, crea una Agencia Nacional para dar cumplimiento a esa exigencia europea, algo que otras CCAA y el Estado ya venían haciendo en sus respectivos ámbitos. La diferencia radica en la formalización de un órgano específico para la coordinación y ejecución del programa a nivel estatal, lo que facilita la participación y el acceso de los jóvenes españoles a las oportunidades europeas, asegurando una aplicación más homogénea y eficiente de las medidas del programa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────