Orden PCM/444/2023, de 30 de abril, por la que se modifica la Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una orden ministerial que modifica las reglas sobre requisitos de estatura para entrar en los centros docentes militares de las Fuerzas Armadas y para acceder a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil. **¿A quién afecta?** A todas las personas que soliciten ingresar en los centros de formación militar de las Fuerzas Armadas (Ejército de Tierra, Armada, Ejército del Aire y del Espacio) y a quienes aspiren al acceso directo como Oficiales en la Guardia Civil. **¿Qué cambia o establece?** Elimina los límites de estatura mínima que existían (160 cm para hombres y 155 cm para mujeres) y establece que no hay restricción de estatura para el acceso general. Sin embargo, permite que los mandos militares y la Dirección General de la Guardia Civil puedan fijar límites de estatura para ciertos destinos específicos, según lo requieran sus funciones. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
💬 Contexto ciudadano
La reforma elimina los límites de estatura mínima que desde 2019 excluían sistemáticamente a candidatos por debajo de 160 cm (hombres) y 155 cm (mujeres), alineándose así con la interpretación de la Directiva 2000/78/CE que considera discriminatorios los requisitos no justificados. Mientras la mayoría de países europeos ya habían flexibilizado estas exigencias, España mantenía una política restrictiva comparable a ordenamientos más antiguos. La orden aprobada por el Ministerio de la Presidencia introduce mayor inclusividad, aunque preserva margen para limitaciones por destino específico, generando oportunidades reales pero potencialmente condicionadas para candidatos con características antropométricas minoritarias, lo que redunda en una apertura formal que dependerá de su aplicación práctica en cada caso.