Orden 14/1996, de 23 de enero, por la que se implanta la Delegación de Defensa en Córdoba.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden 14/1996, de 23 de enero, por la que se implanta la Delegación de Defensa e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden 14/1996, de 23 de enero, establece la entrada en funcionamiento de la Delegación de Defensa en Córdoba, con sede en la capital de la provincia, y define su estructura orgánica, competencias y funciones. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre, crea las Delegaciones de Defensa y establece que su implantación se realizará gradualmente en un plazo de dos años mediante órdenes ministeriales. La presente Orden forma parte de este programa de actuación, ya que se corresponde con la implantación de la cuadragésima quinta Delegación de Defensa. La Orden establece la entrada en funcionamiento de la Delegación de Defensa en Córdoba, que sustituye al Gobierno Militar de Córdoba y a ciertas unidades administrativas de la Jefatura Logística del Ejército de Tierra. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 14/1996, de 23 de enero, regula la implantación de la Delegación de Defensa en Córdoba, en cumplimiento del Real Decreto 2206/1993, de 17 de diciembre. Según dicha norma, las Delegaciones de Defensa se implantarán de forma gradual en un plazo de dos años, mediante órdenes ministeriales que determinarán sus funciones, estructura orgánica y fecha de entrada en funcionamiento (artículo 2, apartado 1, del Real Decreto 2206/1993). La presente Orden establece que la Delegación de Defensa en Córdoba tendrá sede en la capital de la provincia, será de categoría ordinaria y entrará en funcionamiento el día 12 de febrero de 1996 (artículo 1, apartado 1 y 2). Las competencias de la Delegación se rigen por el artículo 2, apartado 1, del Real Decreto 2206/1993, que establece las funciones que deben ejercer las Delegaciones de Defensa. En cuanto a su estructura orgánica, la Delegación de Defensa en Córdoba se organiza en las siguientes unidades administrativas: Secretaría General, Intervención Delegada, Centro de Reclutamiento, Servicio Militar, y otras unidades que se regulan en el Reglamento de Reclutamiento (artículo 3, apartado 1). El Delegado de la Delegación dependerá del Ministerio de Defensa a través del Secretario de Estado de Administración Militar (artículo 1, apartado 1). Además, la Delegación de Defensa en Córdoba será apoyada por la Asesoría Jurídica General de la Defensa en asuntos de asesoramiento jurídico (artículo 8). El Servicio de Cría Caballar integrado en la Delegación ejercerá las funciones que antes correspondían a la Subdelegación de Cría Caballar en la provincia (artículo 9). La Orden también establece que el Gobierno Militar de Córdoba queda suprimido, y sus funciones que no correspondan a la nueva Delegación serán ejercidas por el mando militar correspondiente (disposición adicional 1). Asimismo, se suprimen ciertas unidades administrativas de la Jefatura Logística del Ejército de Tierra que desempeñaban funciones atribuidas a la nueva Delegación (disposición adicional 2). La Orden derogatoria establece que se deroguen cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente Orden (disposición derogatoria). Finalmente, se faculta al Secretario de Estado de Administración Militar para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo de esta Orden (disposición final primera), y se establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (disposición final segunda). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 14/1996, de 1996, establece la entrada en funcionamiento de la Delegación de Defensa en Córdoba, con sede en la capital de la provincia, y define su estructura, competencias y funciones. La norma se basa en el Real Decreto 2206/1993, que crea las Delegaciones de Defensa y establece su implantación gradual. La Orden también suprime el Gobierno Militar de Córdoba y ciertas unidades administrativas de la Jefatura Logística del Ejército de Tierra. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Implantación de la Delegación de Defensa en Córdoba**: La Orden establece la entrada en funcionamiento de la Delegación de Defensa en Córdoba el 12 de febrero de 1996. ⚠️ **Supresión del Gobierno Militar**: El Gobierno Militar de Córdoba queda suprimido, y sus funciones se redistribuyen entre la nueva Delegación y el mando militar correspondiente. 📋 **Estructura orgánica**: La Delegación se organiza en unidades como la Secretaría General, el Centro de Reclutamiento y el Servicio Militar. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: La Orden derogatoria establece que se deroguen disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a su contenido. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden del Ministro de Defensa - **Fecha**: 23 de enero de 1996 - **Materias**: Defensa, organización militar, reclutamiento, estructura administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Delegación de Defensa, Córdoba, Real Decreto 2206/1993, estructura orgánica, reclutamiento, supresión de instituciones militares ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden, la implantación de las Delegaciones de Defensa se estaba llevando a cabo de forma progresiva, tal como preveía el Real Decreto 2206/1993, que establecía un plazo de dos años para su creación gradual. Esta norma específica, aprobada por el Ministro de Defensa, se alinea con un programa de actuación estatal y se compara con otras Órdenes Ministeriales previas que ya habían establecido delegaciones en otras provincias, siguiendo el mismo marco legal estatal. No se trata de una normativa autonómica ni de una transposición directa de directivas de la UE, sino de una organización interna del Ministerio de Defensa. La diferencia para el ciudadano radica en la centralización y proximidad de los servicios de defensa, facilitando trámites y gestiones relacionadas con el Ministerio en su ámbito territorial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────