Real Decreto 1952/1995, de 1 de diciembre, por el que se determinan las autoridades competentes en materia de transporte de mercancías peligrosas y se regula la Comisión de Coordinación de dicho transporte.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1952/1995, de 1 de diciembre, por el que se determinan las autorida ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1952/1995, de 1 de diciembre, establece la estructura y competencias de las autoridades encargadas del transporte de mercancías peligrosas, y regula la Comisión de Coordinación del transporte de dichas mercancías, adaptando su composición a los cambios administrativos recientes. 2. **CONTEXTO** La Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas fue creada por el Real Decreto 2619/1981, de 19 de junio, que también determinó las competencias de los distintos Departamentos ministeriales en la materia, derogando el Decreto 2674/1973. Posteriormente, su composición fue modificada por la Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 8 de septiembre de 1983. Sin embargo, las reformas administrativas recientes han exigido una adaptación del Real Decreto 1952/1995 a los cambios en la estructura ministerial. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1952/1995, de 1 de diciembre, regula las autoridades competentes en materia de transporte de mercancías peligrosas y establece la Comisión de Coordinación del transporte de dichas mercancías. Este Real Decreto modifica y adapta las normas previas, como el Real Decreto 2619/1981, de 19 de junio, que había creado la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas. Según el Real Decreto 1952/1995, la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas se subsume en la Secretaría General para los Servicios de Transportes, que fue creada por el Real Decreto 576/1991, de 21 de abril, y que, a su vez, fue transformada en el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente por el Real Decreto 1173/1993, de 13 de julio. Además, la disposición adicional única del Real Decreto 1671/1993, de 24 de septiembre, atribuye al Secretario general para los Servicios de Transportes la presidencia de la Comisión Interministerial para la Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas. Esto refleja una redistribución de competencias en la estructura ministerial. El Real Decreto también establece que la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas se compone de representantes de los distintos Ministerios, y que su composición puede ser modificada por el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, previa consulta con los Ministerios interesados, en caso de modificaciones en la estructura o funciones de la Administración General del Estado. En cuanto al régimen presupuestario, el Real Decreto establece que el Ministerio de Economía y Hacienda se encargará de las modificaciones presupuestarias necesarias para la efectividad de lo dispuesto en el Real Decreto. En materia de desarrollo, se establece que los Ministros de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, de Justicia e Interior, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo deberán dictar o proponer, conjunta o separadamente según las materias de que se trate, las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto. Finalmente, el Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y fue firmado por el Rey Juan Carlos R. y el Ministro de la Presidencia, Alfredo Pérez Rubalcaba. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1952/1995 adapta la estructura y competencias de la Comisión de Coordinación del transporte de mercancías peligrosas a los cambios administrativos recientes. Establece que la Secretaría General para los Servicios de Transportes asume las funciones previamente atribuidas a la Comisión Interministerial. Además, establece un régimen de desarrollo y modificaciones presupuestarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a reformas administrativas**: El Real Decreto modifica la estructura y competencias de la Comisión de Coordinación del transporte de mercancías peligrosas tras las reformas ministeriales. ⚠️ **Subsunción de funciones**: La Secretaría General para los Servicios de Transportes asume las funciones previamente atribuidas a la Comisión Interministerial. 📋 **Regulación de la composición**: La composición de la Comisión puede ser modificada por el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. ℹ️ **Régimen de desarrollo**: Los Ministros interesados deben dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de rango superior - **Fecha**: 1 de diciembre de 1995 - **Materias**: Transporte, seguridad, administración pública - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la coordinación del transporte de mercancías peligrosas recaía en la Comisión Interministerial de Coordinación del Transporte de Mercancías Peligrosas, creada por el Real Decreto 2619/1981, que a su vez derogó normativas anteriores. La normativa estatal ha evolucionado para adaptarse a las reformas administrativas, como la creación de la Secretaría General para los Servicios de Transportes, y la progresiva asunción de competencias por parte de las Comunidades Autónomas, lo que ha llevado a la necesidad de modificar la composición y naturaleza de la comisión para incluir representación autonómica. Esta evolución es crucial para el ciudadano, ya que una coordinación eficaz y una clara delimitación de responsabilidades entre el Estado y las CCAA garantizan una mayor seguridad y uniformidad en la aplicación de las normativas de transporte de mercancías peligrosas, independientemente de dónde se realice el trayecto. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────