Orden de 25 de enero de 1996 por la que se crea la figura «Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres».
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de enero de 1996 por la que se crea la figura «Entidad Colaboradora ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 25 de enero de 1996 crea la figura de «Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres», con el objetivo de reconocer y fomentar la participación de organizaciones en la implementación de políticas de igualdad de género en el ámbito laboral. **2. CONTEXTO** En el marco de los Planes para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres, aprobados por los organismos de igualdad del Estado español, se prevé la realización de actuaciones que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo. El Instituto de la Mujer, Emakunde/Instituto Vasco de la Mujer y el Instituto Andaluz de la Mujer han decidido coordinar sus actividades para promover acciones positivas en las empresas. Para ello, han establecido el Programa OPTIMA, que busca incentivar la implantación de políticas de igualdad y difundir buenas prácticas. Con el fin de reconocer la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, se crea la figura de Entidad Colaboradora. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 25 de enero de 1996 establece la figura de «Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres», con el objetivo de reconocer y fomentar la participación de organizaciones en la implementación de políticas de igualdad de género en el ámbito laboral. Esta figura se establece en el marco de los Planes para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres, aprobados por los diferentes organismos de igualdad existentes en el Estado español, y se desarrolla dentro del Programa OPTIMA, que está vinculado a la Iniciativa Comunitaria Empleo-NOW. Para obtener el reconocimiento de Entidad Colaboradora, las organizaciones deben acreditar la puesta en práctica de acciones positivas en favor de la igualdad entre mujeres y hombres. La resolución por la que se otorgue el mencionado reconocimiento será dictada por la Directora del Instituto de la Mujer y agotará la vía administrativa. El plazo máximo para resolver las solicitudes formuladas al amparo de la presente Orden será de tres meses, a partir de la fecha de presentación de la solicitud, transcurrido el cual se entenderá desestimada la petición si no recayera resolución expresa. El reconocimiento de Entidad Colaboradora se realizará mediante la entrega de un certificado y una placa acreditativa del mismo, y será publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Dicha figura facultará a las organizaciones a utilizar la frase «Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres» en toda su publicidad y comunicaciones. Además, el Instituto de la Mujer llevará a cabo una campaña institucional en los medios de comunicación, en la que constarán todas aquellas organizaciones que hayan obtenido el reconocimiento de Entidad Colaboradora durante los años 1995 y 1996. El Instituto de la Mujer se reserva el derecho de anular a todos los efectos el reconocimiento de Entidad Colaboradora a aquellas organizaciones en las que se demuestre la existencia de prácticas discriminatorias por razón de sexo, mediante el procedimiento legalmente establecido. La pérdida de reconocimiento podrá iniciarse de oficio o a instancia de parte y se resolverá previa audiencia de la entidad colaboradora. La resolución recaída pondrá fin a la vía administrativa. El Instituto de la Mujer habilitará los medios y cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento de lo que se dispone en esta Orden. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden establece una figura de reconocimiento para organizaciones que implementen políticas de igualdad de género. El reconocimiento se otorga mediante certificado y placa, y se publica en el Boletín Oficial del Estado. El Instituto de la Mujer puede anular el reconocimiento si se detectan prácticas discriminatorias. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la figura de Entidad Colaboradora**: Para reconocer la labor de organizaciones que implementan políticas de igualdad de género. ⚠️ **Plazo de resolución de solicitudes**: Tres meses, de lo contrario se considerará desestimada. 📋 **Reconocimiento mediante certificado y placa**: Con publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Posibilidad de anulación**: Si se detectan prácticas discriminatorias por razón de sexo. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 25 de enero de 1996 - **Materias**: Igualdad de género, políticas laborales, derechos de las mujeres - **Relevancia**: ALTA - **Artículo/Parágrafo**: Artículos 4, 5, 6, 7 (citas exactas según el texto) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial de 1996, la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral se basaba en planes y acciones positivas impulsadas por organismos estatales y autonómicos, como el Instituto de la Mujer, Emakunde y el Instituto Andaluz de la Mujer, a menudo en el marco de iniciativas europeas como Empleo-NOW. La novedad de esta Orden es la creación de una figura de "Entidad Colaboradora en Igualdad de Oportunidades" a nivel estatal, complementando regulaciones autonómicas ya existentes, como la del País Vasco. Esta distinción es relevante para el ciudadano porque unifica y reconoce a nivel nacional aquellas organizaciones que demuestran un compromiso activo con la igualdad, facilitando la identificación de empresas que aplican políticas de acción positiva y promoviendo la difusión de buenas prácticas, lo que puede influir en la elección de servicios o en la búsqueda de empleo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────